El mito del hombre bueno

El mito del hombre bueno

Thomas Hobbes (1588-1679) filósofo materialista inglés afirma su creencia  de que, en estado natural, “el hombre es  un lobo para el hombre.” Repudia las libertades sociales, la democracia y aboga por el Leviatán, el Estado absolutista, monárquico, que  ordena y decide. La Ilustración, siglo más tarde, preñada de idealismo romántico, hace suyo el mito del hombre bueno: todos los hombres nacen y son iguales, valida el contrato social, consagra  los derechos fundamentales  del  hombre y del ciudadano que recoge la Revolución Francesa, y asume la presunción de inocencia, como principio fundamental del sistema  judicial  de todo  gobierno  social  democrático, donde subyace el dogma religioso que proclama la bondad del ser humano, creado a imagen y semejanza de su Creador, el Dios vivo que anida en los cielos.

La creencia religiosa  subyacente no impidió que, en su nombre, antes y después de Hobbes  y modernamente se cometieran barbaridades, guerras impiadosas e irracionales  y abusos bajo un sistema inquisitorial donde el acusado tiene  poca escapatoria para librarse de una condena y probar su  inocencia. Ese sistema no podía racionalmente sostenerse. Era y sigue siendo, una patética manifestación de lo sustentado por  el pensador ingles. Se sustituye  por  sistemas liberales de gobernanza político-económico que, en su discurso,  reivindica “la presunción de inocencia”, garantiza el debido proceso y ofrece posibilidades infinitas para que la justicia no  equivoque su vara al medir pues todos somos iguales ante la ley y más vale la libertad de mil malhechores que la condena de un solo inocente.

Pero en estos tiempos extremadamente calamitosos,  donde la vorágine del crimen generalizado y la inseguridad ciudadana, la impunidad cobra mayores espacios, sin importar lo que afirmen dudosas estadísticas oficiales, el hermoso mito del hombre bueno, de la presunción de inocencia  cada vez más se desvanece. Exige mayor rigor y correctivos.

El nuevo Código Procesal Penal, con sus bondades garantistas importadas que buenamente pretende   aplicarse dando igual tratamiento a víctimas y victimarios denunciados,  no por simple rumor público, son sometidos y liberados por falta de prueba o con  un no ha lugar, gracias al manejo de un código permisivo que ofrece  a abogados y de parte de  honorables magistrados responsables de administrar justicia, un feliz bajadero para femenicidas,  pederastas, atracadores, lavadores de dineros y  grandes capos de la droga y sus sicarios. Y así, con esa karma encima, no puede marchar a futuro una sociedad sometida y victimizada.

La presunción de inocencia, bella prenda, no puede reinar como principio único y absoluto, liberado de consecuencias. Habrá que verlo y analizarlo bajo lupa, como diría Bernardo Vega. Ya comienza a desmontarse el mito, pero no es suficiente. La Constitución del 2010, en su Art. 146 establece la  proscripción de toda forma de corrupción en los órganos del Estado, lo que está por verse. Y en su acápite 3) invierte la carga de la prueba, golpe mortal a la presunción de inocencia, obligando al funcionario público a probar y justificar  el origen de sus bienes, ante la alarmante forma de hacer fortuna de quienes deberían  ser modelo de austeridad, de probidad y honestidad en el ejercicio de  sus funciones.   

   

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