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POR PEDRO GERMOSEN
El Senado declaró anoche de urgencia y aprobó en dos sesiones consecutivas el “Proyecto de Ley de Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía y sus Regímenes Especiales”.

La pieza constituye el marco normativo básico que se aplicará para incentivar y regular el desarrollo de la inversión en proyectos que aprovechen cualquier fuente de energía renovable.

El artículo 8 dispone que la Comisión Nacional de Energía (CNE) deberá recomendar la exención en un 100 por ciento de todo tipo de impuestos de importación, del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados, ITBIS y recargo cambiario, a los equipos, maquinarias y accesorios importados por las empresas o personas, necesarios para la producción de energía de fuentes renovables.

Agrega que este incentivo incluye también los equipos de transformación, transmisión e interconexión de energía eléctrica al SENI, para dichos proyectos basados en fuentes renovables.

La pieza dispone, además, en su artículo 9, la liberación por 10 años del pago del Impuesto sobre la Renta sobre los ingresos derivados de la generación y venta de electricidad, agua caliente, vapor, fuerza motriz, biocombustibles o combustibles sintéticos generados a base de fuentes de energía renovable. El artículo 10 dispone la exención a los proyectos de producción de energía renovable del impuesto del 15 por ciento sobre saldo de pago de intereses al financiamiento externo.

Dispone también un incentivo de hasta un 75 por ciento del costo de la inversión en equipos, como crédito único al Impuesto sobre la Renta, a los propietarios o inquilinos de viviendas familiares, casas comerciales o industriales que cambien o amplíen para sistemas de fuentes renovables en la provisión de su consumo energético privado.

El artículo 13 dispone la emisión de certificados o bonos por reducción de emisiones contaminantes, que serán canjeados de conformidad al acuerdo de Kyoto. Esta pieza legislativa pasará ahora a conocimiento de la Cámara de Diputados, donde, si es aprobada sin enmiendas, se convertirá en ley, sólo pendiente de la promulgación del Poder Ejecutivo.

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