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Exdiputada Pilarte iría cárcel de Rafey a cumplir condena

Rosa Amalia Pilarte, exdiputada de La Vega.

Rosa Amalia Pilarte, exdiputada de La Vega.

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El pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), presidido por el magistrado Luis Henry Molina, ratificó ayer en todas sus partes la sentencia SCJ-SS-24-0592, mediante la cual, la segunda sala de la alta corte condenó a la exdiputada Rosa Amalia Pilarte a cinco años de prisión, pago de una multa ascendente a 200 salarios mínimos y el decomiso de 13 bienes valorados en miles de millones de pesos, a favor del Estado.

La condena confirmada por la SCJ contra la exlegisladora perremeísta por La Vega, es por la violación de la Ley 155-17, sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, en perjuicio del Estado dominicano.

El pleno de la alta corte sustentó la decisión número CJ-25-00009, emitida ayer , al afirmar que la sentencia recurrida en casación por Pilarte, “está fundamenta en pruebas suficientes, indicios razonables y valoraciones válidas realizadas en el juicio”.

Indicó, luego de un minucioso y ponderado análisis de las pruebas presentadas por el Ministerio Público y validadas por la segunda sala de la SCJ, que se comprobó que Pilarte, entre los años 2001 y 2021, “con pleno conocimiento adquirió diversos productos bancarios utilizados para introducir sumas millonarias en el sistema financiero nacional, destinando los fondos ilícitos a la adquisición de bienes de alto valor e inversiones” en sociedades comerciales.

Con relación al alegato de la imputada de que sus cuentas bancarias estaban cerradas cuando el MP dice fueron utilizadas por Pablo Antonio Martínez Javier, tras ser deportado al país en el 2009, luego de cumplir condena por narcotráfico en los Estados Unidos, los jueces dicen que esas cuentas “registraban movimientos millonarios desde el 2021, lo que evidencia la continuidad de las operaciones ilícitas”.

Resaltan, además, que mientras la exlegisladora declaró ingresos por la suma de RD$ 16 millones, “entre 2003 y 2021 movilizó en sus cuentas más de RD$4,400 millones, lo que revela una discrepancia insalvable con su actividad económica declarada”.

Respecto al reclamo de la imputada, de que la sentencia recurrida “contiene graves incongruencias internas”, como consecuencia de las contradicciones entre los motivos, ya que ella fue declarada culpable de violación de los artículos 3, numerales 1, 2, 3 y 9, numerales 1 y 2 de la Ley 155-17, el pleno de la SCJ dice que, aunque ella fue procesada bajo la Ley 155-17, “la sanción impuesta corresponde a la Ley 72-02, conforme al principio de aplicación retroactivad de la misma.

El pleno de la Suprema Corte de Justicia está integrado por los magistrados Luis Henry Molina, Manuel Herrera Carbuccia, Pilar Jiménez Ortiz, Manuel Alexis Read Ortiz, Anselmo Bello Ferreras, Justiniano Montero Montero, Vanessa Acosta Peralta.

También Samuel Arias Arzeno, Moisés Ferrer Landrón, Arelis Ricourt Gómez, Sarah Altagracia Veras Almánzar, Francisca García Gómez de Fadul y Miguelina Beard Gómez.

Pedimento de pilarte

A través de defensa encabezada por Jorge Prats y Julio Cury, la exdiputada solicitó a la SCJ casar la sentencia recurrida, conocer el caso de nuevo y fallar anulándola o “declarando no culpable” a la imputada, por no configurarse los elementos constitutivos del delito de lavado de activos u ordenar un nuevo juicio total o parcial.

Sobre el autor

Loyda Peña

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