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Tenía medida de coerción

Juez cierra caso de Aquiles Jiménez

Dice chaleco antibalas por el que fue sometido a la justicia “no es de uso exclusivo del cuerpo militar” según la ley.

Aquiles Jiménez

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El séptimo juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dictó ayer auto de “no ha lugar” a favor de Aquiles Jiménez Fernández, imputado por la supuesta violación a la Ley 631-16 sobre control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados, luego que dos miembros de la Policía le encontrarán en el vehículo que conducía por el Ensanche Piantini de esta capital, un chaleco antibalas.

El juez Deybi Timoteo Peguero justificó su decisión indicando que el hecho atribuido a Jiménez Fernández “no constituye un tipo penal, conforme lo establecido en el artículo 61 de la citada ley, “la cual nos permite comprender que el chaleco antibalas no es de uso exclusivo del cuerpo militar”, ya que la referida ley atribuye a los ministerios de Interior y Policía y de Defensa, la facultad de regular su uso por parte de particulares...”. La detención de Aquiles se produjo el 22 de julio del 2025 en una requisa a su vehículo VMW con placa oficial.

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