Caso Odebrecht
Presidente y tres jueces TC se inhiben en absolución de Angel Rondón y Díaz Rúa
El presidente Napoleón Estévez se abstuvo por su condición de exjuez de SCJ de donde emanó la sentencia recurrida en revisión; y Eunisis Vázquez porque hijo fue abogado Rondón
El presidente del Tribunal Constituciónal, Napoleón Estévez, fue juez de la SCJ.
Por su condición de exjuez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), el presidente del Tribunal Constitucional (TC), Napoleón Estévez Lavandier, se inhibió en la deliberación y fallo del recurso de revisión constitucional interpuesto por el Ministerio Público contra la sentencia que favoreció con la absolución a los imputados en el caso Odebrecht, Angel Rondón, Víctor Díaz Rúa y Conrado Pittaluga.
Igual postura asumió la segunda sustituta de Presidente, magistrada Eunisis Vásquez Acosta, debido a que su hijo fue parte de la defensa del empresario Rondón, quien fue el principal imputado en el caso por alegado soborno.
Tampoco participaron en la deliberación y votación de la presente sentencia los magistrados Alba Luisa Beard Marcos y Manuel Ulises Bonnelly Vega, por causas previstas en la Ley 137-11 Orgánica del TC, según consta en la sentencia número TC/0054/26 que fue emitida el día 4 de este mes.
De acuerdo con esta normativa, los jueces del TC pueden inhibirse por decisión propia, cuando concurra alguna de las causas de recusación establecidas en el derecho común, las cuales incluyen situaciones que afecten su imparcialidad o independencia, tal como tener parentesco con las partes (como en el caso de magistrada Eunisis), haber intervenido anteriormente en el caso en otra calidad, o cualquier motivo grave, cierto y objetivo que genere duda sobre su actuación (26,34.)
De ahí que en la decisión mediante la cual el TC confirmó la absolución de Rondón, Díaz Rúa y Pittaluga, dispuesta por la Segunda Sala de la SCJ en su sentencia SCJ-SS-24-0969, del 31 de julio del 2024, la cual fue atacada por el Ministerio Público, solo participaran 9 de los 13 jueces del Constitucional.
Fueron ellos los magistrados Miguel Aníbal Valera Montero, primer sustituto de Presidente; Domingo Antonio Gil, Fidias Aristy Payano, José Alejandro Vargas, Sonia Díaz Inoa, José Alejandro Ayuso, María del Carmen Santana de Cabrera, Army Ferreira y Amaury Reyes Torres.
El País
Ángel Rondón demandará al Estado por caso Odebrecht: esto hará con la indemnización
Ninoska Cuevas
CRONOLOGIA CASO ODEBRECHT
En el 2016 la constructora brasileña Norberto Odebrecht admitió en el Departamento de Justicia de los Estados Unidos haber entregado sobornos a funcionarios de República Dominicana por un monto de US$92 millones, a fin de que en el Congreso Nacional le fuera aprobada la construcción de varias obras de infraestructura estatal.
El mayo del 2017 la procuraduría general (PGR), cuyo titular era el magistrado Jean Alain Rodríguez, hoy principal imputado en otro caso de supuesta estafa al Estado por un monto de RD$6,000 millones, dispuso el arresto de 14 personas y anunció su sometimiento bajo alegadas acusaciones de soborno, asociación de malhechores y enriquecimiento ilícito.
Fueron ellos, además de Rondón, Díaz Rúa y Pittaluga, los exadministradores de la CDEEE César, Domingo Sánchez Torres y Radhamés Segura; el exdirector del Inapa Roberto Enrique Hernández; el exministro de Industria y Comercio Temístocles Montás, y Máximo D’Oleo Montero, exfuncionario de la CEDEEE.
También estaban incluidos en el expediente los exsenadores Andrés Bautista, Julio César Valentín y Tommy Galán; los diputados Alfredo Pacheco y Ruddy González; y Bernardo Antonio Castellanos de Moya, exdirector técnico de la Egehid.
En junio de ese mismo año (2017) el juez de la instrucción especial designado por la SCJ, Francisco Ortega, dictó prisión preventiva para 9 de los imputados; arresto domiciliario para dos, y garantía económica para otros dos.
Archivos y absolución
En junio del 2018 la Procuraduría General de la República presentó acusación formal contra solo 6 de las 14 personas que figuraban en la lista inicial. Los 8 restantes fueron favorecidos con el archivo definitivo de sus expedientes, “por insuficiencia de pruebas”. Fueron ellos, Montás, Pacheco, Valentín, González, Segura, Bautista, Sánchez, y D’ Oleo. A favor del exsenador Jesús (Chú) Vásquez se dictó Auto de “no ha lugar”.
En junio del 2019 el juez Ortega envió a juicio a Díaz Rúa, Rondón, Pittaluga, Galán, Bautista y Rodríguez; y en octubre del 2021 el primer tribunal colegiado, integrado por las juezas Gisselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, condenó a Rondón y a Díaz Rúa a 8 y 5 años de prisión, respectivamente; y absolvieron a Pittaluga, Galán, Bautista y Rodríguez, por falta de pruebas.
En mayo del 2023 dicha sentencia fue confirmada por la Corte de Apelación. Las partes la recurrieron en casación, y en agosto del 2024 la Suprema Corte de Justicia la anuló y declaró inocentes a los acusados. Esta decisión fue llevada a revisión constitucional, y el Tribunal Constitucional la confirmó.