Sectores cuestionan decisión del CNM y advierten consecuencias

CONSEJO MAGISTRATURA
La Red de Observadores por la Institucionalidad (ROI), la Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) y el exprocurador Francisco Domínguez Brito cuestionaron ayer la decisión del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) de excluir a tres jueces y advirtieron sobre las consecuencias que podría acarrear para el sistema judicial, la institucionalidad y el propio órgano.
La ROI consideró que entre el proceso de evaluaciones técnicas y la decisión del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) muestra «incongruencias» que ponen en entredicho la objetividad y transparencia del proceso mediante el cual fueron destituidos de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) los magistrados Pilar Jiménez, Manuel Alexis Read y Moisés Ferrer. Asimismo, cuestionó que las actas no indican quiénes emitieron las opiniones ni los votos individuales, con lo cual dijo se vulneran los principios de transparencia y rendición de cuentas que deben regir los procesos del CNM.
La entidad, integrada por el Instituto Tecnológico de Santo Domingo (Intec), Participación Ciudadana (PC), Fundación Friedrich Ebert (FES), Foro Ciudadano y el Centro de Investigación Para la Acción Femenina (Cipaf), manifestó profunda preocupación por la razones invocadas por el CNM para no ratificar a los citados jueces en sus funciones. Respecto de la magistrada Jiménez, única mujer evaluada en esa etapa, las razones invocadas «revelan sesgos preocupantes que afectan el principio de igualdad y la garantía de independencia judicial».
«Cuestionar posturas jurisdiccionales debidamente fundamentadas puede constituir interferencias en la libertad de criterio judicial y se suma a precedentes adversos para la justicia dominicana», subrayó la ROI en un documento de prensa. En el caso del magistrado Read Ortiz, que el CNM aludió a su proximidad a la edad límite de 75 años establecida en la Constitución, ROI considera que, de ser ese el criterio, el juez no debió ser sometido a evaluación, «pues el proceso debe dirigirse a valorar desempeño y no a aplicar causales de retiro que ya están constitucionalmente determinadas».
Agregó que el hecho de que el acta del CNM no consigna la edad como motivo de exclusión, «evidencia un uso discrecional y poco coherente de los criterios».
Recordó que la evaluación de desempeño judicial no debe convertirse en un instrumento discrecional para separar jueces y juezas de sus funciones. Aunque son designados por un periodo determinado, la evaluación debe tener un carácter técnico, objetivo y formativo, orientado a mejorar la calidad de la justicia y no a ejercer control político o disciplinario sobre quienes integran la SCJ.
«Cualquier utilización del proceso evaluativo con fines distintos pone en riesgo la independencia judicial, la estabilidad institucional y la confianza pública en la justicia», puntualizó la ROI.
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FINJUS
La Fundación Institucionalidad y Justicia afirmó que en el proceso de evaluación de los tres jueces de la SCJ que fueron destituidos el CNM obvió una serie de elementos claramente definidos en la Ley 138-11 sobre el objetivo de ese examen, corriendo el riesgo de «vulnerar la independencia judicial y erosionar la legitimidad del propio órgano». Dijo que de conformidad con la ley, el objetivo de esa evaluación es determinar el cumplimiento de los deberes constitucionales y éticos de los jueces, la calidad de sus decisiones, compromiso con la tutela judicial efectiva y apego a los principios de imparcialidad y diligencia. «Para ello, los criterios deben ser objetivos, medibles y sustentados en evidencias documentales y verificables».
Sin embargo, señaló que las actas publicadas por el CNM no reflejan una aplicación claramente definida sobre los indicadores considerados, la forma en que fueron medidos y el grado de objetividad empleado en la valoración del desempeño judicial.
«Utilizar criterios como la manera de aplicar la ley 2-23, lo cual está dentro de la competencia jurisdiccional de la Sala de la primera SCJ (y que se le cuestionó a Jiménez), o la proximidad de la edad de retiro obligatoria (que se le enrostró a Read), por encima de otros criterio sustantivos, como la productividad jurisdiccional, la fundamentación jurídica de sus decisiones, su conducta ética y transparencia patrimonial, debilitan la función de una evaluación objetiva y coherente “, afirmó la Finjus.
Advirtió que un proceso influenciado por criterios alejados de la naturaleza del proceso podría implicar el debilitamiento de la carrera judicial y se debilitaría la confianza ciudadana en la imparcialidad de los órganos jurisdiccionales
“Cuando la evaluación se realiza desde una óptica apartada de su mandato constitucional, se corre el riesgo de vulnerar la independencia judicial y erosionar la legitimidad del propio órgano”, puntualizó la entidad de la sociedad civil en un documento de prensa.
Domínguez Brito
El exprocurador general de la República, Francisco Domínguez Brito, también cuestionó el proceder del CNM y llamó la atención por lo que entiende sería una tendencia del partido de gobierno de “politizar las altas cortes”.
Indicó que igual hizo el año pasado con otras designaciones, porque en su opinión, no tiene una visión clara de lo que significa el proceso de institucionalización.
“Si a todo eso se le agrega una serie de ingredientes ajenos al sistema, como por ejemplo, la creación de un Ministerio de Justicia y otros elementos más sin consensos, sin concertación como el Código Procesal Penal, se nota que, lamentablemente, desde el gobierno no hay una visión clara de lo que significa el proceso de institucionalización”, dijo exfuncionario y dirigente político de oposición.
El CNM justificó la no ratificación de los tres jueces, al señalar que, “los resultados no alcanzan los estándares de idoneidad y desempeño exigidos”. Sin embargo, la documentación pública sobre las evaluaciones realizadas por la propia del Consejo refleja valoraciones excelentes en aspectos de capacidad jurídica.