El párroco Moreno del Cristo

El párroco Moreno del Cristo

Desde su consagración hace 150 años en la parroquia San Dionisio, de Higüey, sucedieron dos acontecimientos que por su magnitud merecieron la intervención de la alta jerarquía eclesiástica. El primero lo protagonizó en 1860 el párroco Gabriel Moreno del Cristo, que durante su gestión procreó hijos con mujeres diferentes, hecho que censuró el cardenal Barbonó y el vicario regional con asiento en Curazao.
El otro conflicto lo encabezaron el párroco Eugenio Polanco Velázquez y el gobernador eclesiástico del Arzobispado de Santo Domingo, reverendo Apolinar Tejera, que objetó una solicitud de fondos elevada por el párroco para la celebración de las tradicionales festividades del 21 de enero, Día de La Altagracia. Polanco había sustituido a Tejera en la dirección de la curia.
Moreno del Cristo, quien llevaba una vida sibarita, era pupilo del general Pedro Santana, que fue su padrino en su ordenación sacerdotal y, además, lo designó Capellán de Honor. Hasta convencerse de los escándalos producidos por el sacerdote, el vicario de la Arquidiócesis de Santo Domingo, Fernando Arturo de Meriño, defendió a Moreno, y llegó a expedirle certificaciones que garantizaban su “conducta” frente a su feligresía. Estos documentos los utilizó el párroco en su defensa frente al cardenal. Pero de nada sirvieron sus explicaciones y el travieso cura fue trasladado y dejado sin funciones.
Con el propósito aparente de boicotear la solemnidad de la primera actividad del párroco Polanco el Día de la Virgen, el reverendo Tejera rechazó la solicitud de fondos, sometida con tres meses de antelación, para la organización de las fiestas en las que tradicionalmente participan miles de fieles de todos los lugares y del exterior.
“Si las fiestas del 21 de enero no quedan muy solemnes, es porque el Señor gobernador Eclesiástico, Apolinar Tejera, antes cura de esta parroquia, negó la autorización para hacer los gastos de dichas fiestas, la cual autorización se le pidió desde el mes de noviembre”, expresa el ciudadano Moisés García Mella en un manifiesto público dirigido al país en defensa del padre Polanco.
Esto motivó que Tejera ordenara la suspensión de Polanco mediante oficio No. 2393, de fecha 4 de marzo de 1893, cuyo texto es como sigue: “Por el presente oficio, venimos a suspender a Ud. (a divinis), debiendo en el más breve término presentarse ante esta curia arzobispal, a dar cuenta de su conducta. Lo que participamos a Ud. para su conocimiento y demás efectos. Dios guarde a Ud. Firmado: gobernador eclesiástico Apolinar Tejera”
La respuesta del padre Polanco no se hizo esperar, cuyo texto expresa: “He leído el oficio de Ud., de fecha cuatro de los corrientes. Pues bien: como ese término conducta puede prestarse a muy torcidas interpretaciones, y como nada de tachable hay en mi conducta, por lo cual deba yo dar cuenta, tenga Ud. la bondad, Señor gobernador, de decir por qué motivo me suspende Ud., pues ignoro que haya dado yo ninguno. Ud. sabe que la suspensión, como toda pena, no debe imponerse sin expresar las razones que a ello impulsan.
“Vea Ud., Señor gobernador, lo que dice el Derecho Canónico sobre el particular: Aunque para la suspensión no se requiere tan grave culpa como para la excomunión y el entredicho, sin embargo, no se debe imponer sin causa, la cual no ha de expresarse necesariamente, en el mandamiento judicial en que se fulmine la suspensión.
“Por consiguiente, exprese Ud. las razones que tiene para suspenderme, pues mientras no lo haga así no me consideraré como suspendido. De Ud. Atento servidor”.
La misiva del Padre Polanco colerizó a Tejera, quien montado en ira, en fecha 28 del mismo mes de marzo, le dirigió el oficio No. 2415, que dice así: “Hemos recibido su irrespetuoso oficio del 14 de este mes, por el cual se niega Ud. a acatar las órdenes de comparecencia ante esta Curia Eclesiástica, que le hicimos en fecha 4, como también a someterse a la pena de suspensión “a divinis” que en la misma fecha tuvimos a bien imponerle. Y extrañamos sobre modo semejante proceder por parte de Ud. y el cual lamentamos con todas las veras de nuestro corazón; volvemos nuevamente a reiterarle ambas disposiciones, esperando que esta vez, libre Ud. de toda ofuscación, y poseído del buen espíritu sacerdotal, se someta inmediatamente a las órdenes que le comunicamos en virtud de nuestra legítima autoridad, reservándonos imponerle aquí el condigno castigo que debe Ud. sufrir por su rebeldía y desobediencia. Dios guarde a Ud.”.
He aquí la nueva respuesta del padre Polanco al gobernador: “He recibido su oficio del 28 del mes próximo pasado, reiterándome lo que me dijo Ud. en su anterior, de fecha 4. Califica Ud. de irrespetuoso mi oficio del 13. No hay en él ni un solo término que merezca ese calificativo; no he hecho mas que defenderme, exponiendo razones muy legales, pues no habiendo en mi conducta nada de tachable, cualquiera que me viese presentarme ante la Curia Arzobispal, suspenso y dizque a dar cuenta de mi conducta, tendría que imaginarse que yo la he tenido mala, siendo así que la he observado, y la observo, muy intachable, Dígalo el pueblo de Higüey si no es así.
“Además, ¿quién le ha dicho a Ud., Señor gobernador, que se pueden imponer penas sin expresar la causa? ¿Quién ha visto condenar legalmente del modo que Ud. lo hace?… Hago fe que si yo hubiera merecido la suspensión que Ud. ha tenido a bien imponerme, me hubiera callado, la hubiera acatado.
“Es verdad que Ud. es la autoridad, y la creo legítima; pero también es verdad que, válido eso, no debe Ud. imponer penas sin causa y sin expresarla, aunque fuera imaginaria, sino obra conforme me lo manda el Derecho Canónico, pues le reitero que vea Ud. lo que este dice sobre el particular. Si yo prometí obediencia al ordenarme, fue obediencia fraccional lo que prometí; y no abdiqué, ni abdicaré jamás mi razón para convertirme en autómata. Yo nunca he sido rebelde, ni desobediente: al contrario, siempre he sido cumplidor exactísimo como el que mas. Ahora no he hecho otra cosa que defenderme legalmente, pues no creo que es rebeldía, ni desobediencia, ni irresponsabilidad, el defender cada cual su derecho cuando es atacado sin razón.
“Y para concluir diré a Ud., Señor gobernador, que no creo justa, ni mucho menos, la suspensión que Ud. me impone, y por consiguiente, no la acato. Y así como Ud., sin dar yo motivo, ha tenido a bien imponérmela, así yo a mi vez tengo a bien manifestarle a Ud. que renuncio para siempre al estado eclesiástico, que no soy mas clérigo, ni estaré jamás bajo la dependencia de Ud.”. Además de García Mella, la vertical actitud del padre Polanco fue respaldada militantemente por la fuerza viva de la “común” de Higüey y todas sus secciones, según don Vetilio Alfau Durán, en sus escritos sobre la colectividad eclesiástica en Higüey).

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