El pez grande se come al chiquito

El pez grande se come al chiquito

El pez grande se come al pequeño es lo que atino a pensar en un caso personal que me afectó con  una importante constructora de este país.

En 1991 mi esposa se interesó en adquirir un local comercial para instalar una pequeña farmacia –que hoy no existe- y ver realidad un viejo sueño como médica y licenciada en farmacia que es.

Nos decidimos por uno de los locales de la plaza Don Gregorio en la carretera de Pantoja donde abrimos el segundo comercio de la plaza. Como pioneros los sacrificios no fueron pocos como cualquier negocio nuevo.

Formalizamos la compra en el 2002 mediante la firma de un contrato. Pagado el inicial en varias partidas, el resto lo financiamos en una asociación de ahorros y préstamos.

En un tiempo prudente se nos entregó la carta constancia del inmueble, pero hubimos de devolverlo a la constructora tiempo después. Se nos informó que debía corregirse   un error en el número de la parcela. Los demás adquirientes tuvieron que hacer lo mismo.

Después de unos dos años con la farmacia la vendimos y procedimos a saldar la deuda con el banco.

En tanto, el proceso en el Tribunal Superior de Tierras para corregir el error duró varios años. Fueron incontables las visitas a la constructora  urgidos de contar con el documento de propiedad, pero las explicaciones eran las mismas: no ha salido.

Por fin a principios  de este  año salió el dichoso título. Cuando creíamos que todo había terminado, otro error paralizó el caso, ahora un error material. Varios meses más de espera.

Firmamos un nuevo contrato pero no nos percatamos que estaba fechado en el 2002 y no en el 2012 como creíamos.  Cuando nuestra abogada comenzó el proceso para la transferencia, !oh sorpresa! En la DGII  se le calcula que los impuestos a pagar suman  118 mil pesos por concepto de 10 años de vigencia del contrato de venta firmado en el 2002.

Compramos de buena fe, nunca nos atrasamos en los pagos mensuales, liquidamos el préstamo al banco muchos años antes de su vencimiento y ahora se nos obliga a pagar más de 100 mil pesos, penalizándonos por atrasos de los que no somos responsables.

En   la constructora, una empleada de tercera categoría no nos dio una explicación satisfactoria. Simplemente que los gastos de transferencia corren por el cliente y punto.

¿Qué culpa tengo yo  de los errores que retrasaron diez años la expedición del título definitivo de la propiedad? ¿Así se le paga a un buen cliente?

La empresa constructora  fechó en el 2002 el contrato aunque se firmó en el 2012 alegando que la DGII no lo permite.  De ser cierto, entonces lo correcto es que asuma los gastos de transferencia para que pague las consecuencias de sus errores.

Iniciar un proceso de reclamo o demanda sería inútil. No tengo recursos ni la fuerza necesaria para echar ese pleito porque el pez grande se come al chiquito. Solo me resta indignarme y prometerme a mí mismo jamás hacer negocios con esa constructora.

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