El Presidente promulgó cinco leyes

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POR LUIS M. CARDENAS
El presidente Leonel Fernández promulgó anoche cinco leyes: la de Rectificación Fiscal,  la que crea la Secretaría de Hacienda, la  que crea la Secretaría de Economía, Planificación y Desarrollo,  la de Austeridad en el Sector Público y la de Planificación e Inversión Pública.

La de Rectificación Fiscal establece, entre otros,  un impuesto único de RD$31,000 anuales a las bancas de lotería, que será ajustado cada año por la tasa de inflación correspondiente, según las cifras publicadas por el Banco Central.

El impuesto será pagado en la Lotería Nacional y deberá ser depositado en una cuenta especial abierta para tales fines por la Tesorería Nacional, el 60% del impuesto recaudado y el 40% restante será administrado por  la Lotería Nacional.

En un párrafo de la ley se destaca que el incumplimiento de esa obligación tributaria será sancionado conforme a las disposiciones establecidas en la ley 11-92 del 16 de mayo del 1992, Código Tributario dominicano.

La ley que crea la Secretaría de Hacienda lleva el número 494-06, y en su artículo 28 establece un plazo de 180 días para que el Poder Ejecutivo dicte el reglamento orgánico de la misma, que comprenderá la estructura organizativa interna y las funciones específicas de sus unidades orgánicas.

Asimismo, en el reglamento orgánico de la Secretaría de Hacienda se asignará la jerarquía que corresponda a las unidades y áreas creadas por la ley en el marco del clasificador de unidades administrativas vigente.

También, la creación y organización del Centro de Capacitación en Política y Gestión Fiscal se realizará a partir de la reorganización del actual Instituto de Capacitación Tributaria (INCAT), creado por el decreto 1846 del 8 de julio del 1980.

La ley entrará en vigencia el 1 de enero próximo.

La ley número 496-06 que crea la Secretaría de Estado de Economía, Planificación y Desarrollo (SEEPYD), entrará en vigencia a partir del primero de enero del 2007.

Con  la  Ley 497-06, sobre Austeridad en el sector Público se reducen los sueldos de todos los funcionarios del gobierno central y de las instituciones descentralizadas y autónomas del Estado.

La proporción que será reducida en los sueldos de los funcionarios es la siguiente: un 10% del importe del sueldo bruto a los que devengan un salario mensual desde RD$125,000  hasta RD$200,000.

Asimismo,  un 15% del sueldo bruto a los que devengan un sueldo mensual superior a RD$200,000, un 5% del importe del sueldo bruto a los que devengan un sueldo mensual superior a RD$100,000 e inferior a RD125,000 y un 3% del importe del sueldo bruto a los que devengan un sueldo mensual superior a los RD$50,000 e inferior a RD$100,000.

De igual modo, la Ley 498-06, sobre Planificación e Inversión Pública, cambia el término de Consejo Nacional de Desarrollo por Consejo de Gobierno.

Asimismo, mediante ésta se deroga la Ley 55 del 22 de noviembre del 1955 que establece el Sistema Nacional de Planificación Económica, Social y Administrativa.

El Poder Ejecutivo aprobará el reglamento de la ley, el cual será sometido en un plazo de 180 días por el Secretariado Técnico de la Presidencia, a partir de la promulgación.

Estas cinco leyes fueron promulgadas y ordenadas su publicación en la Gaceta oficial por el presidente Fernández.

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