El Presupuesto Nacional

El Presupuesto Nacional

Cuando tuve el privilegio de ser legisladora en los períodos 1986-90 y 1990-94, regía una Constitución con característica de embudo, es decir, el Poder Ejecutivo tenía todas las prerrogativas en materia presupuestal, al punto que no recuerdo ni un solo año de los ocho que fui legisladora que el país contara con un presupuesto presentado en el mes de septiembre como establecía la constitución de entonces, ni mucho menos aprobado antes de que finalizara la segunda legislatura ordinaria el 28 de noviembre, para que el mismo rigiera al año siguiente.

En períodos anteriores, vivimos situaciones en las que por no presentarse oportunamente el proyecto de presupuesto y por reinar una especie de anarquía intra-partidaria en los gobiernos de turno, tenía que regir el presupuesto anterior, al  no ser aprobado el que presentaba el Ejecutivo. Claro está, no sé hasta qué punto eso era premeditado, pues en ese entonces los excedentes presupuestarios eran usados sin ningún control por parte del Poder Ejecutivo y de hecho esto favorecía a ese poder del Estado que tenía riendas sueltas para gastar todos los excedentes sin autorización previa.

La nueva Constitución ha conminado al Poder Ejecutivo a ser respetuoso de los plazos. El artículo 128, en su numeral 2, letra g, obliga al Ejecutivo a someter ante el Congreso Nacional a más tardar el primero de octubre de cada año, el Proyecto de Ley del Presupuesto General del Estado para el año siguiente. Puede pensarse que eso lo establecía la anterior incluso para el mes de septiembre.

¿Qué ha cambiado ahora con la nueva Constitución que no pasaba antes? Cuando se retrasaba el Ejecutivo en cumplir con su responsabilidad para enviar el proyecto oportunamente, no había penalidad; lo nuevo es que el artículo 235, en caso de que éste no cumpla, señala que el Congreso Nacional tiene la potestad de modificar las partidas del mismo con una simple mayoría absoluta, peor aún, si no pudiese aprobarse al 31 de diciembre, regirá el del año anterior, con la variante de que el excedente no podrá ser gastado antojadizamente por el Ejecutivo, sino que deberá ser aprobado por el Congreso para poder hacer uso del mismo

Lo que sigue siendo imposible es que salvo que se cuente con las dos terceras partes de los presentes, se pueda modificar, ni siquiera en una coma, el proyecto de Ley que envía el Ejecutivo. Eso debemos de tenerlo presente siempre y a partir de ahí hacer juicios de valor sobre el papel del Congreso Nacional.

El Presupuesto Nacional se ha convertido en un instrumento de lucha de un gran número de actores sociales que reivindican la corrección de debilidades y carencias que tiene la sociedad dominicana al procurar que el mismo responda a las expectativas de crecimiento y desarrollo de la sociedad dominicana.

 Estas acciones son muy válidas, denotan que los ciudadanos están asumiendo conciencia de que no se puede continuar con la práctica de acudir a los votantes solo a la hora de solicitar su voto, sino que la acción de legislar tiene que estar apegada a las necesidades cotidianas de los electores durante todo el ejercicio que tienen en el Congreso Nacional.

Si no tomamos en cuenta los procedimientos que conllevan la aprobación y/o modificación de la Ley de Presupuesto, estas demandas se desnaturalizan, como en el presente caso, por las acciones irresponsables de ciertos actores partidarios, los que en vez de aprovechar este despertar que se aprecia en la conciencia social colectiva con relación al poder de su voto, lo que hace es distorsionar y embaucar al colectivo con posiciones populistas que al pretender congraciarse con los diferentes sectores sociales, les crean expectativas que saben difíciles de lograr.

Es lícito que dentro del proselitismo para ganar adeptos, la oposición y grupos organizados aprovechen el espacio para exponer sus puntos de vista y dar mensajes de las diferencias conceptuales que sobre la administración del Estado tienen unos y otros.

De ahí a catalogar al Congreso Nacional y a sus legisladores como perversos y traidores a la patria, por no hacer lo que coyunturalmente se ha solicitado sea incluido en dicha pieza legislativa, hay diferencias. Eso es populismo barato que se convierte a muy corto plazo en “boomerang”.

No hubo retiro, -mecanismo que se utiliza para dar muestras fehacientes de oposición- de ningún partido, ni de legisladores del hemiciclo cameral en la Cámara de Diputados; de hecho con su presencia, aunque votaron en contra, todos los Partidos y legisladores presentes validaron la aprobación de la Ley de Presupuesto para el año 2012.

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