El Reglamento 824

El Reglamento 824

Para empezar, expreso votos por el pronto regreso de Napoleón Beras Prats al desempeño de sus funciones como presidente de la Comisión de Espectáculos Públicos y Radiofonía. El presidente interino, Andrés L. Mateo, subsecretario de Cultura, ha reconocido que el Reglamento 824 que enmarca el funcionamiento de la entidad, «es un documento extraordinariamente desfasado, que no se corresponde con los avances y el modernismo de los medios de comunicación de hoy en día».

Ha dicho Mateo que se propone enfrentar «la vulgaridad y el mal uso del lenguaje en los medios», a medida que se reciban las denuncias de cada caso. Se infiere que no actuará de oficio. Así, su propósito será natimuerto.

Dándole al funcionario el beneficio de la duda, decimos que enfrentar la vulgaridad y el mal uso del lenguaje en los medios no es poca cosa. Los «mal habladores», por ejemplo en medios de electrónicos, que es en los cuales abundan los «dichos» más variopintos, invocarán el estado de Derecho, la libertad de expresión y difusión del pensamiento, garantizada por la Constitución, para mantenerse en la tesitura que los hace populares al gusto de legiones -piénsese en el porcentaje de analfabetos- de oyentes. Y piénsese, también, qué podrá hacerse en los casos de expresiones vulgares y mal uso del lenguaje desde el Poder.

En cuarentidós años de democracia a empujones, no ha habido una persona, un gremio, una instancia cualquiera honradamente interesada en proveer al país de un reglamento sustituto del 824, cuya derogación y ampliación deben tenerse como una necesidad.

Son incontables las voces que se han expresado en distintos momentos, para referirse a la obsolescencia de dicho Reglamento, de lineamientos propios de los métodos de la tiranía durante la cual fue concebido. Pero de ahí no se pasa. Pareciera que cada político calla a propósito los inconvenientes de las disposiciones del texto, para tenerlo a mano cuando le llegue la oportunidad de utilizarlo para las consabidas arbitrariedades «democráticas» usuales en estos lares.

Ha debido ser el Pe-erredé el partido más obligado a meterle mano al Reglamento 824. Ninguna otra organización ha sido víctima, tantas veces, del uso de sus disposiciones para amordazar a sus miembros, y mantenerlos, durante meses, alejados de las hondas hertzianas, tal ocurrió en los gobiernos reformistas con José Francisco Peña Gómez, prácticamente vilipendiado por la administración, y Pablo Rafael Casimiro Castro.

Justo es que digamos, que también el doctor Joaquín Balaguer se vio impedido, en su momento, de hablarle al país mediante cintas magnetofónicas enviadas desde su exilio en Nueva York. Para el impedimento, el criterio del Triunvirato fue que las audiciones «alteraran la paz pública».

El brazo ejecutor de la prohibición contra el Pe-erredé consumada en las personas de Peña Gómez y Casimiro Castro, ha sido embajador del país en una importante embajada europea, desde el primer día de la administración.

En cuanto a la indiferencia del Pe-erredé respecto de la vigencia del reglamento de Conepur, se explica fácilmente. Nunca nadie de esa parcela ha tenido interés, ni siquiera en volver los ojos a los postulados de la Constitución de 1963.

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