¿Qué pasaría si un candidato, o varios candidatos, un partido o un grupo de partidos impugnan los resultados de las elecciones del próximo 15 de mayo bajo el alegato de que fueron perjudicados por el conteo electrónico, un método que no está previsto por la Ley Electoral 275-97? ¿Prosperaría ese recurso? ¿Dónde habría que depositarlo? ¿En el Tribunal Superior Electoral o en el Constitucional? ¿Puede cuestionarse por ese motivo la legitimidad del proceso electoral que el presidente de la JCE, Roberto Rosario, ha definido por anticipado como uno de los mas transparentes que se registrarán en la historia de la República Dominicana? Esas y otras preguntas andan rondando mi cabeza desde que Eddy Olivares, miembro titular de la JCE, advirtió sobre la ilegalidad del escrutinio electrónico, aunque reconozco que mis dudas son directamente proporcionales a mi ignorancia en materia jurídico-electoral. No tengo que ser un experto en nada, sin embargo, para decir que cambiar de un día para otro la forma de contar los votos que decidirán quien nos gobernará los próximos cuatro años por un método que se pondrá a prueba el mismo día de las votaciones implica un riesgo del que hay que resguardarse, precisamente el interés de quienes han propuesto que se haga un conteo manual, pero en los colegios electorales, delante de los delegados de los partidos y los observadores, antes de proceder al escrutino electrónico. La preocupación del doctor Olivares, quien propuso al pleno de la JCE modificar la resolución que dispuso la implementación del escrutinio automatizado para evitar que pueda ser atacada por violación a la ley, va mucho mas allá, pues trata de evitar que la obcecación del promotor del invento le abra las puertas a una crisis post electoral de la que todos nos arrepentiremos.