El Rey de España tiene razón

El Rey de España tiene razón

Cuando le «Apunto» al Presidente Mejía en su reciente viaje a Madrid, que en nuestro país se incumplen la Constitución y las leyes, no obstante éste llevarle de regalo la noticia de que había ordenado mediante acuerdo suscrito el 10 de septiembre pasado, que al Didoel, S.A. (Fenosa) se le pagara en 144 cuotas durante 12 años a partir de octubre 2003, 711 millones 744 mil dólares por la compra de la Edenorte-Edesur empresas quebradas según el informe ejecutivo de los auditores Gran Thorton publicado en El Nacional de septiembre 13, sin contar para determinar su justo valor con la tasación de una firma internacional, ni mucho menos con la aprobación del Consejo de Directores de CDEEE, de la Junta Monetaria y del Congreso Nacional.

Este acuerdo debe ser invalidado con instancia que la sociedad dominicana presente a la honorable Suprema Corte de Justicia. La aseveración del Monarca Español también se justifica en los decretos y disposiciones del Presidente Mejía para aumentar el impuesto de salida de 10 a 20 dólares; el 5% a las exportaciones; el 2% a las importaciones; proceso para deportar al Padre Rogelio; envío de soldados a Irak; eliminación subsidios del gas; violación Art.111 de la Constitución que dice: «La Unidad Monetaria Nacional es el peso oro, y prohíbe la circulación en el país de papel moneda de cualquier otro signo monetario».

Esta disposición contraría en cuanto a la circulación del dólar se refiere los Arts. 24 y 28 de la reciente Ley 183 que reglamenta el Sistema Monetario y Financiero; ordenó a las Fuerzas Armadas perseguir a los cambistas ignorando las responsabilidades y autonomía de la Junta Monetaria para introducir medidas técnicas perdurables para estabilizar la tasa; suspendió el mandamiento de prisión dictado por el Ministerio Público contra funcionarios bancarios; arbitrariamente ordenó la detención de comunicadores y periodistas; permitió que la Junta Monetaria convertida en «Legislador» transfiriera el impuesto del 5% «Recargo Cambiario» a la Dirección de Aduanas y violara el Art.17 de la Ley 183 al dividir las funciones del Gerente del Banco Central; desconoció en su política neoliberal las funciones de la Ley 13 sobre Control de Precios.

Por razones de espacio concluimos señalando que, el ciudadano Rafael Hipólito Mejía pretende repostularse no obstante haber sido elegido y juramentado como Presidente de la República en agosto 16 del 2000 bajo la Constitución del 1994 que prohibía la reelección, la cual fue modificada dos años después de su juramentación el 25 de julio de 2002 por el Congreso controlado por el PRD para permitir la reelección.

El señor Mejía persiste en violentar los principios no reeleccionistas del PRD desde su fundación en 1939, así como el Art.47 de la Constitución vigente que dice: «La Ley sólo dispone y se aplica lo porvenir. No tiene efecto retroactivo sino cuando sea favorable al que esté sub-júdice o cumpliendo condena. En ningún caso la Ley ni poder público alguno podrán afectar o alterar la seguridad jurídica derivada de situaciones establecidas conforme a una legislación anterior»….Por estas disposiciones legales nosotros consideramos que el señor Mejía no puede repostularse,…. los abogados tienen la palabra.

Las Sagradas Escrituras nos enseñan en Proverbios 29.2 que: «Cuando el justo gobierna el pueblo se alegra, cuando domina el impío el pueblo gime».

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