El artículo 8 de la Constitución de la República Dominicana es el primer considerando de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). En el referido artículo se especifica que “el Estado estimulará el desarrollo progresivo de la seguridad social, de manera que toda persona llegue a gozar de adecuada … Sigue leyendo El SDSS: puro teatro
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