El teletrabajo llegó para quedarse en la Administración Pública, afirma Ventura Camejo

El teletrabajo llegó para quedarse en la Administración Pública, afirma Ventura Camejo

El titular del Ministerio de Administración Pública, Ramón Ventura Camejo, aseguró durante la reunión virtual que habitualmente sostiene con los directivos del MAP, para darle seguimiento a la labor de la institución, que la modalidad de teletrabajo ha llegado para quedarse en el Estado dominicano, “en un proceso que no es reversible, pues es lo que se impone actualmente como una necesidad”.

Ventura Camejo explicó que el teletrabajo, como herramienta o modelo de trabajo debe ser vinculado a la implementación de la firma digital y República Digital. En este sentido, el funcionario aseguró que el MAP está haciendo todos los esfuerzos para dar asistencia a las demás instituciones públicas en estos temas y señaló que el Ministerio está formando a sus servidores en esas competencias.

“El mundo se encamina de manera vertiginosa a asumir una nueva forma de trabajo, y obviamente es una transición y todo va obligando a definir nuevas competencias, nuevos perfiles, nuevos cargos, y nuevos requisitos para el ingreso al sector público”, aseveró.

Asimismo, el ministro de Administración Pública destacó que actualmente se ha incrementado la demanda de servicios en línea por parte de la población, por lo que se ha registrado un incremento significativo de la coordinación intergubernamental en especial en la interoperabilidad de los sistemas, para dar respuesta a los requerimientos de la ciudadanía.

“En estos momentos ha adquirido nuevos bríos el impulso del gobierno electrónico para convertirse en el mecanismo más idóneo para prestar servicios públicos a la población. Igualmente hemos visto un incremento en la demanda de soluciones digitales y educación a distancia para los escolares, sobre todo en el sector público”, afirmó Ventura Camejo.

El titular del MAP también se refirió durante la reunión este martes, a la necesidad de reglamentar el teletrabajo, tanto en el marco del Código de Trabajo para el sector privado, como en la Ley de Función Pública, para el sector público.

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