El Tribunal Constitucional: oportunidad para la nación

El Tribunal Constitucional: oportunidad para la nación

Se avecina la implementación de una de las instituciones más relevantes de toda la vida democrática de la República Dominicana. Me refiero al Tribunal Constitucional, creado por la Constitución  de la República, promulgada el 26 de enero del 2010, auspiciada por el Presidente Leonel Fernández.

Es una excepcional oportunidad para fortalecer la institucionalidad, abrir esperanzas y dar un mayor grado de confianza a la sociedad dominicana; es por ello que el Consejo Nacional de la Magistratura debe asumir la responsabilidad histórica de escoger lo más acrisolado en el orden intelectual, moral y social de la nómina de juristas, Magistrados y miembros del Ministerio Público de nuestra nación.

El Consejo Nacional de la Magistratura que por mandato de la nueva Constitución, además de elegir los miembros de la Jurisdicción Constitucional, designa los Jueces de la Suprema Corte de Justicia y del Tribunal Superior Electoral y sus suplentes,  lo preside el Presidente de la República y está constituido además por el presidente del Senado y un senador(a) de la segunda mayoría partidaria; el presidente de la Cámara de Diputados y un diputado(a) de la segunda mayoría de ese hemiciclo, el presidente de la Suprema Corte de Justicia y un magistrado(a) de esa Corte y el Procurador General de la República. (Art. 178-179 de nuestra Constitución). 

Nos atrevemos a afirmar, que con los abogados constitucionalistas que tenemos, de la altura del Dr. Cesar Pina Toribio, Milton Ray Guevara, Mariano Germán Mejía, Enmanuel Esquea Guerrero, Juan Manuel Pellerano Gómez, Eduardo Jorge Prats, Olivo Rodríguez Huerta, Flavio Darío Espinal, José Antonio Columna, Francisco (Pancho) Álvarez, Vinicio Castillo Semán, Servio Tulio Castaños Guzmán, Hermógenes Acosta, Cristóbal Rodríguez, entre otros, Magistrados  Jueces y miembros del Ministerio Público especialistas en Derecho Constitucional, no hay dudas de que de ahí puede escogerse esa Suprema Jurisdicción, que consolidaría la institucionalidad dominicana.

Lo de Suprema Jurisdicción lo decimos basado en las amplias facultades constitucionales de que dispone de: garantizar la Supremacía de la Constitución, la defensa del orden Constitucional y la protección de los derecho fundamentales (Art. 184)

Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura, deben sobre todo tener especial cuidado en elegir la persona que presidirá ese tribunal, ese organismo tan determinante para que reine la confianza en la aplicación de nuestra Constitución.

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