Elevan ante la Suprema recurso contra ley de Primarias

Elevan ante la Suprema recurso contra ley de Primarias

POR DIEGO PESQUEIRA
La Fundación Derecho y Democracia depositó ayer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Primarias, que establece el sistema de elecciones mediante el voto universal, directo y secreto, aprobada en fecha 15 de agosto del presente año.

El doctor Julio César Castaños Guzmán, representante legal de la Fundación Derecho y Democracia, sostiene en el recurso que la ley de primarias viola los artículos 104, 115, párrafo 1, 89, 90 y párrafo 8.5, 8.7 y 3.

Explica que se realizó la acción con la finalidad de contribuir a la estabilidad «de nuestro sistema de partidos, que mal que bien, constituye uno de los pilares de la democracia».

«La ley de primarias haría colapsar a la propia Junta Central Electoral, institución a la que se le sumarían responsabilidades que escapan a la idea original que le dio surgimiento, y que trastornan su propia identidad manifiesta en el artículo 92 de la Constitución», apuntó

Otro aspecto negativo de la ley de primarias, a juicio del demandante, es que se necesita la suma de RD$742,000,000.00 para poder aplicarla, recursos que se desconoce de donde saldrán.

Agrega que esperan contribuir a eliminar las contrariedades que se desprenden de la recién aprobada ley, «que constituye en si misma un desatino, y esta evidentemente afectada por un aliento demagógico».

Sostiene que la ley de primarías viola distintos aspectos de la Constitución, por lo que resulta «dañina» para la vida republicana.

Expresa que la velada e implícita convocatoria de «Asambleas Electorales» planteada por la ley de Primarias es inconstitucional, debido a que la fecha establecida para las elecciones es el 16 de mayo de cada cuatro años, y con intervalos de dos años para las elecciones congresuales y municipales.

En estas elecciones se establece que es para elegir el Presidente y vicepresidente, y para elegir los demás funcionarios electivos.

«Mal podrían reunirse esas mismas Asambleas en una fecha distinta y con un propósito diferente al que la Constitución establece, dado el grado de solemnidad e importancia de eventos de esta naturaleza en la vida constitucional dominicana. Y, sobretodo, porque la finalidad es elegir funcionarios electivos; no elegir candidatos», precisa el recurso de nulidad.

Sostiene que es la Constitución en sus artículos 89 y 90, que dispone las fechas y la teleología de las asambleas electorales.

Alega que son los estatutos de los propios partidos los que deben reglamentar privadamente el ejercicio de sus derechos de asociación y reunión, «y que nunca podría el Estado intervenir a través de ninguno de sus órganos públicos, en este caso de la Junta Central Electoral, organizando y dirigiendo los procesos convencionales internos de los partidos para elegir sus candidatos».

Expresa que la Constitución en ningún momento deja abierta siquiera la posibilidad de que ese voto universal expresado a través de los inscritos en el padrón electoral, y que conforman en todo el territorio nacional las mesas electorales, se convoque de forma general para elegir candidatos de partidos; en una jornada de convocatoria simultanea de todas las primarias.

La Fundación Derecho y Democracia entiende que despojar a los miembros de un partido político del derecho de elegir sus candidatos como parte del ejercicio de su propia naturaleza como asociación privada, constituye un atropello a este derecho fundamental, aún cuando esto se haga en el nombre de una supuesta «democracia», ya que, terminaría siendo finalmente el ejercicio brutal de la demagogia.

«Mal podría este país encaminarse por un sendero de tal naturaleza que tendría necesariamente como final la propia extinción de los partidos a quienes esta ley supuestamente quiere proteger, en tanto, terminarían desnaturalizados, y perecerían por la aplicación implacable de la máxima que reza todo lo que se desnaturaliza, perece», precisa el escrito de inconstitucionalidad.

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