Elevan recurso contra Ley 87-01

Elevan recurso contra Ley 87-01

POR RADHAMES GONZALEZ
La Federación Dominicana de Servidores Públicos (FEDOSP) elevó un recurso por ante la Suprema Corte de Justicia, para que declare la inconstitucionalidad de parte de los párrafos II y III del artículo 31 de la Ley No. 87-01 que creó el sistema de dominicano de Seguridad Social.

La entidad  considera que la frase “del sector privado formal o informal que figura en los mensionados párrafos   “crea con el resto del texto de esos párrafos, un privilegio injustificado a favor de los empleados del sector privado”.

Afirma que dichos dispositivos crean también “una consecuente discriminación contra los empleados del sector público, contrarios al valor, principio y derecho fundamental a la igualdad de todos los dominicanos que garantizan la Constitución de la República y las convenciones internacionales que forman parte del bloque de constitucionalidad”.

La entidad gremial afirma que para corregir la falla deben consignarse  de la manera siguiente: “Párrafo II. Los  administradores de Riesgos de Salud tendrán a su cargo todos los trabajadores que la seleccionen”.

Afirma que el párrafo III debe decir así: “Párrafo III.- Las administradoras de Riesgos de Salud tendrán a su cargo todos los trabajadores que la seleccionen”.

La demanda de inconstitucionalidad elevada por la FEDOSP es avalada también por las firmas de la Central Institucional de Trabajadores Autónomos y la Unión de Trabajadores Dominicanos (UGTD). 

La demanda incoada por dichas entidades sindicales, fue elevada a través del bufete de abogados Pellerano y Herrera, a través del licenciado Luis Miguel Rivas Hirujo y el doctor Juan Manuel Pellerano Gómez.

  Recuerdan que la Ley 87-01 que estableció el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), tiene como objetivo principal “desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales”.

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