Elevan recurso contra ley Areas Protegidas

Elevan recurso contra ley Areas Protegidas

POR MANASES SEPULVEDA
La Coalición para la Defensa de las Areas Protegidas y decenas de ciudadanos depositaron por ante la Suprema Corte de Justicia un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Sectorial de Areas Protegidas, por considerar que en su articulado se violan varios artículos de la Carta Magna.

De acuerdo con la instancia, la Ley Sectorial contradice en su aprpobación y en su estado final los artículos 3,4,5,8,37,39,40 y 41 de la Constitución de la República.

Entre los principales argumentos que sustentan el recurso de inconstitucionalidad está la violación del plazo de ocho días estipulado en el artículo 41 de la Constitución para que el Presidente de la República apruebe u observe una ley.  En el caso de la Ley Sectorial de Areas Protegidas, el Presidente Hipólito Mejía la devolvió observada en el tiempo indicado, pero posteriormente, a los 41 y 52 días, envió dos agregados que son parte de las observaciones.

«Al conocer el Senado de la República de esas observaciones o addendums remitidos fuera de plazo, lo hizo de manera irregular y en francam violación a la Constitución», indica el recurso, además de que al darlos buenos y válidos, aprobarlos y remitirlos a su vez a la Cámara de Diputados, insistió en el «vacío que compromete la constitucionalidad de la ley misma».

Indica que la referida ley además quebranta los artículos 39 y 40 de la Constitución ya que el texto final aprobado por el Congreso nacional no es fiel al que fue preparado y remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación y contiene disposiciones que nunca fueron discutidas y conocidas en el Congreso Nacional, ni sugeridas por el Presidente de la República en sus observaciones realizadas en el plazo de ocho días previsto por la Constitución, ni las hechas fuera del tiempo.

Asimismo, porque las observaciones hechas por la criticada ley no fueron conocidas en el Senado y la Cámara de Diputados, a las dos discusiones y votaciones obligatorias contempadas en la Carta Magna.

También viola el artículo 3 de la Carta Sustantiva que establece que el Estado Dominicano está obligado al reconocimiento de las normas del Derecho Internacional Público debidamente adoptadas.

Señala que la Ley Sectorial de Areas Protegidas, viola los acuerdos internacionales adoptados por poderes públicos como la Convención de Washington sobre Protección de la Flora, Fauna y Belleza Escénica Naturales de los Países de América, de Protección al Patrimonio Cultural y Natural de la UNESCO, el Convenio sobre Diversidad Bilógica, entre otros.

El recurso de inconstitucionalidad fue elaborado por los abogados Juan Manuel Castillo Pantaleón, Leila Roldán, Juan de Dios Deschamps, Julio César Castaños Guzmán, Mariano Rodríguez, Luis Rafael Vilchez Marranzini, Iraima Capriles, Manuel Bergés Hijo, Angel Castillo.

Además David la Hoz, Luis Andrés Aybar Duvergé, Ramón Andrés Díaz Ovalle, Agustín Severino, Dulce María Féliz, Lino Vásquez, Ana María Rodríguez Castro y Aimér Prieto.

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