Empresa dice la sentencia no abordó irregularidades

Empresa dice la sentencia no abordó irregularidades

La empresa Granos Nacionales afirmó que la Sentencia de la Presidencia del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo de fecha 13 de octubre del año 2009, que rechazó el pedido de esa empresa de suspender las asignaciones de contingentes arancelarios del año 2009, no se sustentó en el fondo de su cuestionamiento, o sea, sobre irregularidad de las asignaciones de los contingentes arancelarios por parte de la Comisión para las importaciones Agropecuarias.

La compañía advirtió que continuará presentando sus reclamos ante las instancias nacionales e internacionales correspondientes, en procura de la estricta aplicación del Tratado de Libre Comercio y sus normativas de desarrollo.

 La empresa dijo que la decisión de la presidenta del Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo se sustenta exclusivamente en que no procedía la suspensión de la ejecución de los contingentes, ya que los mismos han sido ejecutados casi en su totalidad, y porque podría perjudicar a terceros que no son partes en la litis entre Granos Nacionales y la Comisión para las Importaciones Agropecuarias.

 “En ningún momento la Sentencia entra a pronunciarse, sobre la regularidad o no de la asignación de los contingentes, situación que resulta obvia porque en su momento un miembro de la propia Comisión para las Importaciones Agropecuarias, el entonces director general de Aduanas,  Miguel Cocco Guerrero, le denunció al Secretario de Estado de Agricultura, Salvador Jiménez, las dificultades que le representaban para la Dirección a su cargo la asignación irregular, incluida entre ellas, la asignación de contingentes arancelarios a personas inexistentes por no estar constituidas legalmente y carecer de Registro Nacional de Contribuyentes”, explicó.

Afirmó que la comisión agropecuaria  ha estado asignando contingentes arancelarios en el renglón de frijoles a EEUU,  en violación de los decretos 534/06 y 784-08, expedidos por el Presidente de la República, que establecen que el 70% (en los años 2007 y 2008), y el 80% (año 2009), respectivamente, de los contingentes arancelarios, deben ser asignados entre los importadores tradicionales, es decir, aquellos que tienen un histórico de importación consecutiva  en los tres años anteriores al momento de cada asignación, y el 20% restante, a los importadores nuevos.

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Importaciones

La empresa resalta que en el 2007, la Comisión asignó contingentes a 93 importadores, de los cuales sólo 40 hicieron uso de los mismos.  En el 2008, hubo 352 asignaciones, y sólo hicieron uso de ellas  35. Esta situación sugiere la existencia de un mercado de compra,  venta y transferencia de Certificados de Asignación de Contingentes Arancelarios, lo cual está prohibido por la normativa que rige la administración de los contingentes arancelarios del DR-Cafta.

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