En la Diana

En la Diana

Primer Tiro
La importancia del pago de los intereses de una deuda  será mayor mientras menor sea el ingreso de una persona o familia, y por eso podría ser incorrecto comparar la proporción que el pago de intereses de la deuda pública representa de los ingresos tributarios de un país con alta presión tributaria, con la que corresponde a otro país en donde dicha presión es menor. Para evitar este error los organismos internacionales calculan los intereses como proporción del PIB. Según los cálculos y estimaciones del FMI, el pago de intereses de la deuda pública pasaría del 1.9% del PIB en el 2009, a 2.1% en el 2010. Pero tampoco se compara esa relación en un país con plazo promedio de vencimiento de su deuda pública bajo con otro en que dicho plazo es mas alto, pues en este último el pago de los intereses pesará menos que en el primero. El plazo promedio de la deuda pública dominicana es de 5.8 años, mucho menor que en países con mercado desarrollado de bonos públicos. Estos efectos deberían inducir a algunos analistas a recalcular el peso de los intereses de la deuda pública.

Segundo Tiro

La presión tributaria depende de cual sea la medida del Producto. Si es baja es porque los ingresos tributarios son bajos o porque el PIB  es alto. Pero en ninguna parte del mundo se mide el PIB a partir de las declaraciones que las empresas formales hacen a las autoridades impositivas. Hay que pensar que este planteamiento refleja posible desconocimiento de los conceptos y metodologías básicas de los sistemas de cuentas nacionales, y no la intención expresa de confundir a la opinión pública. Si el PIB se calculara solamente a partir de las declaraciones de las ventas reportadas a la DGII, entonces se tendría una subvaluación equivalente a la suma del ingreso que evade impuestos y del valor agregado de las actividades productivas que no presentan declaraciones impositivas. Lo que si deberían hacer algunos analistas es sumar a los ingresos tributarios lo dejado de recaudar debido a las exoneraciones. Entonces se darían cuenta que el pago de intereses apenas representaría el 11% de los ingresos tributarios, y que su peso sería menor del que parece.

Tercer Tiro

Pero aparte de que hay variables determinantes del pago de intereses que no controla el Gobierno (tasa de interés internacional y tipo de cambio), también hay que tomar en cuenta que esos pagos dependen del monto de la deuda (que a su vez es la suma de los déficit fiscales acumulados), mientras que los ingresos tributarios dependen de la presión tributaria. Como el pago de intereses y demás gastos distintos de intereses no tiene que depender del monto de ingresos tributarios, el análisis de sostenibilidad y de riesgo de la deuda no debería hacerse en base a proporciones de esta última variable.   Por eso el déficit fiscal y el aumento de la deuda pública puede ser deseable aunque aumente el pago de intereses, siempre y cuando el multiplicador del gasto público haga que el aumento del ingreso nacional (base de las tasas de tributación) sea proporcionalmente mayor que el aumento de los intereses, pues al final el peso de la deuda depende de la base del PIB que la sustenta.

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