En la Diana

En la Diana

Primer Tiro
No es lo mismo tomar un préstamo para pagar gastos corrientes que uno para abrir un negocio. En el primer caso, la deuda se origina en un consumo, y el segundo en una inversión. La deuda destinada a consumir es deuda neta, no tiene un activo que la respalde.  Pero la deuda cuyo pago lo genera la inversión en que se convierte, es una deuda respaldada, que no afecta el patrimonio, y que no representa una carga financiera. En los negocios tampoco  es lo mismo endeudarse para financiar capital de trabajo que hacerlo para inversiones en activos fijos.  En el primer caso la deuda puede ser cancelada en cualquier momento con el efectivo y las ventas del inventario. En el segundo caso la deuda tiene que pagarse con el rendimiento de largo plazo del activo financiado. Dado que el Sector Público realiza transacciones con cada una de las características anteriores, se concluye que el análisis de su deuda es un asunto complicado, y que debe tomar en cuenta muchos factores.

Segundo Tiro

Si una deuda solo devenga intereses y el deudor no tiene que pagar el capital de sus propios ingresos, entonces dicha deuda no debería incluirse en los flujos de pagos futuros de ese deudor, aunque sí figure en su contabilidad.  Por tanto, los bonos emitidos por el Gobierno para la capitalización del Banco Central no deben ser considerados en los análisis de la deuda y la capacidad pago del Gobierno, pues los mismos no tienen que ser redimidos por el emisor. La deuda o pasivo de corto plazo (menos de un año) también debe excluirse del análisis, pues además de que la misma puede estar respaldada por la liquidez disponible, la Ley de Crédito Público y los organismos internacionales no la consideran como deuda. Por tanto, los depósitos de corto plazo de las instituciones financieras y los títulos con vencimiento de menos de un año con los que el Banco Central ejecuta la política monetaria, no deben ser incluidos en un análisis serio de sostenibilidad de la deuda pública total consolidada.

Tercer Tiro

El aumento de la deuda de una empresa o gobierno debe compararse con lo que invierte para generar más ventas o más capacidad productiva. El futuro pago de la deuda debe compararse y medirse con relación a la capacidad futura de generar nuevos ingresos, no con relación a los ingresos actuales. En el caso de la deuda del Gobierno, se deben considerar los ingresos fiscales futuros, los cuales a su vez varían en función del crecimiento de la economía. Pero si la capacidad de pago de la deuda se va a medir solamente por los ingresos, entonces los ingresos tributarios no deben compararse con la deuda de instituciones autónomas y descentralizadas que generan sus propios ingresos, como erróneamente hacen algunos seudoanalistas locales. Es a esa capacidad de pago futura a la que siempre está referido el concepto de sostenibilidad, y aunque algunos empresarios y dirigentes políticos no lo digan, la realidad es que mientras más crece la economía, y mientras más invierte el Gobierno y el resto del Sector Público, mayor es la sostenibilidad de la deuda pública total.

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