¿En qué consiste el acuerdo progresivo de textiles y vestido?

¿En qué consiste el acuerdo progresivo de textiles y vestido?

POR ADOLFO MARTÍ GUTIÉRREZ
Los sectores de textiles y ropa de vestir son importantes para la economía de muchos países en desarrollo, pues les permiten desarrollar ventajas comparativas nacionales con respecto a otros países.

Pero la industria textil latinoamericana se ha caracterizado por presentar un escaso desarrollo en la fabricación de fibras y tejidos, debido a que la capacidad de producción interna no ha sido significativa. Eso, fundamentalmente, ha motivado la utilización de materias primas importadas para satisfacer la demanda existente. Igualmente, presenta una falta de atención respecto al diseño y búsqueda de diversidad, falta de reglas claras y complejas regulaciones, que hacen el proceso productivo costoso y lento. A pesar de su lenta evolución el sector experimenta importantes retos y desafíos. Se espera que al desaparecer el mecanismo de cuotas, China se convertirá en el proveedor más importante a ese mercado, incluso a pesar de que subsisten los aranceles.

Bloques comerciales regionales vienen discutiendo posibles estrategias para hacer frente a la liberación de cuotas textiles en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC) y el rol de China en ese proceso. Al parecer, la región no puede competir contra sus «prácticas desleales» de comercio. Entre las medidas a tomar se cita el subsidio a muchas industrias, una preeminente moneda subvaluada, créditos otorgados a empresas que nunca se pagan y salarios desde US$0.10 la hora. Los países de Centroamérica y la República Dominicana deben poner en marcha una estrategia que mantenga a flote su industria textil frente a la competencia de China y que le permita aprovechar al máximo los beneficios del Tratado de Libre Comercio (TLC) con EE.UU.

ANTECEDENTES

El mercado mundial de textiles y confecciones estuvo sujeto a un proteccionismo creciente en la segunda mitad del Siglo XX, particularmente a través de la imposición de cuotas de importación dirigidas a países específicos. Eventualmente se desarrolló el llamado «Acuerdo Multifibras», el cual sirvió para contabilizar y entender bajo un sólo marco las cuotas que se aplicaron sobre un número creciente de países de origen y fibras textiles. Así, como parte de la Ronda Uruguay, se decidió desmontar el Acuerdo Multifibras, definiéndose entonces un plazo máximo de 10 años, los cuales se cumplieron en enero de 2005. De esta manera, el Acuerdo Multifibras desaparece. Esto tendrá un efecto importante sobre el mercado de Estados Unidos y el resto del mundo.

A finales de 1994, cuando expiró, el AMF contaba con 39 miembros. Ocho de ellos eran países desarrollados, designados oficiosamente con el término de «importadores»; los 31 restantes, que eran países en desarrollo, eran considerados «exportadores». El AMF permitía a los países exportadores y a los importadores celebrar acuerdos bilaterales que obligaban a los países exportadores a limitar sus ventas de ciertas categorías de textiles y vestido. Al suscribir esos acuerdos bilaterales, los países tenían que respetar estrictamente tres reglas del AMF: (1) determinar el perjuicio grave o la amenaza de tal perjuicio; (2) fijar los niveles de limitación; y (3) disposiciones relativas a las tasas de crecimiento y las transferencias de los contingentes (o cuotas).

EL ACUERDO ATV

Dentro de las normas de origen, los acuerdos ATV (o ATC) se refieren a los Acuerdos sobre Textiles y Vestido (de las siglas en ingles, Agreement on Textiles and Clothing). El objetivo básico del ATV es la eliminación progresiva de las restricciones que aplican actualmente algunos países desarrollados a la importación de textiles y ropa de vestir. A tal fin se establecieron en el Acuerdo procedimientos de integración del comercio de textiles, obligando a los países a eliminar las restricciones en cuatro etapas en un período de 10 años que finalizó el 1º de enero de 2005. Sin embargo, la flexibilidad que ofrecieron los procedimientos de integración permitió que en las dos primeras etapas muchos países eliminen las restricciones solamente con respecto a un reducido número de productos.

Al expirar el período de desmonte de las trabas, ningún país miembro podrá mantener restricciones a la importación de textiles, a menos que las justifique el Acuerdo de la OMC sobre Salvaguardia que hereda e interpreta las disposiciones del Artículo XIX del GATT. En otras palabras, un país importador sólo podrá imponer restricciones cuando, una vez efectuadas las investigaciones del caso, demuestre que el aumento de las importaciones está causando, o amenaza causar, un daño grave a su industria textil. Además, las restricciones tendrán que aplicarse a las importaciones de todas las procedencias, sin hacer discriminación contra las procedentes de uno o dos países. Es conocido que cuando el 1º de enero de 1995 entró en vigor el ATV, varios miembros importadores (Estados Unidos, Canadá, la Unión Europea y Noruega) tenían con miembros de la OMC un total de 81 acuerdos bilaterales de limitación que representaban más de un millar de contingentes. Además, había 29 acuerdos independientes del AMF o medidas unilaterales que imponían restricciones a la importación de textiles.

Ahora, Centroamérica y Asia compiten por predominar en el mercado de Estados Unidos, el más importante del mundo. En la actualidad, China es el principal proveedor de textiles a EE.UU. Desde que el país asiático se adhirió a la OMC, sus exportaciones pasaron de US$6,500 millones a US$11,600 millones. Centroamérica, sólo representa el 16% de todos los metros cuadrados equivalentes que se importan a EE.UU. El Istmo sólo podrá mantener esa cuota o incluso incrementarla a partir de 2005, si se ratifica el TLC con EE.UU.

No cabe duda de que en los países cuyas exportaciones a ciertos países desarrollados han sido objeto de restricciones cuantitativas, el sector textil se muestra decepcionado ante la lentitud de la eliminación de esas restricciones en las etapas previstas en el ATV. Hay que reconocer, sin embargo, que debido a que a partir de 2005 se han suprimido las restricciones al comercio de textiles, los exportadores tendrán que hacer frente a una competencia mucho mayor en los mercados internacionales, buscando reducir costos de electricidad, burocracia e impuestos. Esta capacidad competitiva de los países que en la actualidad están sujetos a restricciones cuantitativas determinará si la eliminación de éstas será o no ventajosa para ellos. Aquellos cuyas ramas de producción han afilado su ventaja competitiva adoptando una tecnología moderna podrán aprovechar plenamente esa eliminación, racionalizando sus métodos de producción y efectuando estudios de mercado para determinar los productos textiles con los cuales pueda competir eficazmente en los mercados internacionales en cuanto a calidad y precio.

Tradicionalmente, muchas empresas se han concentrado en los mercados de los países desarrollados. Al adoptar programas y estrategias para el fomento de las exportaciones después de la expiración del ATV, también deberá tenerse en cuenta el enorme potencial que ahora existe para incrementar el comercio con otros países en desarrollo. La demanda de productos textiles en esos países crecerá a medida que vayan progresando en su desarrollo económico y que se vaya elevando su renta por habitante.

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El autor es economista y profesor universitario.
adolfomarti@codetel.net.do

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