En vigor ley exención seguro agropecuario

En vigor ley exención seguro agropecuario

Hoy comienza  la aplicación de la Ley 182-09 que reduce retenciones y otorga nuevas exenciones para los servicios de seguros agropecuarios, la reinscripción de hipotecas  y otras actividades. La aprobación y aplicación de esta ley  se enmarca en los   de la  Cumbre por la Unidad Nacional.

El artículo 3 de la  ley  agrega un párrafo al artículo 383 del Código Tributario para disponer  la exención del Impuesto Selectivo a los Servicios de Seguros de las empresas del sector agropecuario, siempre que se refieran a pólizas para garantizar actividades agropecuarias. La DGII establecerá los mecanismos para aplicar la ley.

Igualmente, el artículo 2  establece que a partir de la entrada en vigor de la nueva  Ley estará exenta del pago del 2% ad valorem  la inscripción de hipoteca establecido en el artículo 8 de la ley 173-07 sobre Eficiencia Recaudatoria, la reinscripción de hipotecas, siempre que se demuestre la concertación de préstamos hipotecarios nuevos y que los mismos sean suscritos para saldar la hipoteca anterior. Con la nueva disposición sobre la reinscripción de hipotecas sobre un mismo préstamo,  el usuario del crédito hipotecario puede defenderse buscando la tasa de interés más competitiva del mercado sin tener que pagar cargos al cancelar su contrato  de préstamo.

Esto facilitaría el acceso de los promotores de viviendas al financiamiento bancario, vía una reducción de costos.

Por otro lado, el artículo 1 de la nueva ley modifica el literal d, del párrafo 1, del artículo 309 del Código Tributario para reducir la retención a  0.5% sobre los pagos realizados por el estado y sus dependencias incluyendo las empresas estatales y los organismos descentralizados y autónomos, a personas físicas y jurídicas por la adquisición de bienes y servicios en general no ejecutados en relación de dependencia con carácter de pago a cuenta.

Esta medida beneficia a los suplidores al Estado de bienes y servicios.

Quedaron  exentos de esta retención los pagos por concepto de servicios telefónicos realizados por las empresas del Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los  organismos  descentralizados y autónomos.

Las claves

1.  Reinscripción hipotecas

Con la nueva disposición sobre la reinscripción de hipotecas sobre un mismo préstamo,  el usuario del crédito hipotecario puede defenderse buscando la tasa de interés más competitiva del mercado sin tener que pagar cargos al cancelar su contrato  de préstamo.

2.  Retención en compras

La nueva ley no sólo reduce a 0.5 por ciento la retención sobre los pagos que hace el Estado a suplidores, sino que también deja  los pagos por concepto de servicios telefónicos realizados por las empresas del Estado y sus dependencias, incluyendo las empresas estatales y los  organismos  descentralizados y autónomos.

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