PC lamenta que Junta mantenga arrastre en seis provincias

PC lamenta que Junta mantenga arrastre en seis provincias

El movimiento cívico Participación Ciudadana lamentó ayer la decisión de la Junta Central Electoral (JCE) de mantener el arrastre del voto a los candidatos a diputados a favor de los senadores en las provincias con mayor cantidad de electores, por ser violatoria de la Constitución que establece en su artículo 77 que la elección de ambos representantes será por sufragio universal directo (art. 77), y lo reitera en el 208.
Para la organización, excluir el arrastre en 26 provincias, no elimina la violación a la Constitución con las otras seis, que además son las que concentran el 59% del electorado e indicó que pretender una solución salomónica con el cumplimiento de disposiciones constitucionales no contribuye a la institucionalidad.

“Un voto a favor de un candidato a diputado y se pretende adjudicar a uno a senador sin que el elector lo haya marcado, no puede interpretarse jamás como un voto directo, por lo que esta decisión de la JCE agrega nuevas incertidumbres sobre el próximo proceso electoral ante la probabilidad de que el tema llegue al Tribunal Constitucional”, expresó en una nota.

Señaló que la gran mayoría de los partidos y los más renombrados expertos en derecho constitucional, han planteado la imposibilidad de mantener el voto de arrastre en la elección de senadores debido a las disposiciones constitucionales y que “la intención del legislador no puede estar por encima de la intención de la asamblea revisora y mucho menos de un texto constitucional claro”.
Sostuvo que el voto de arrastre reduce la libertad que del elector, cuyo voto debe ser “personal, libre, directo y secreto”.
Dos niveles
PC dijo que la ley electoral en su artículo 92 estableció un nivel de elección para los candidatos a senadores y otro para diputados, indivisibles y no fraccionables.
Contrario a la Constitución
Destacó que con su decisión, la JCE actúa contraria a las disposiciones del artículo constitucional 74.4 que obliga a interpretar y aplicar las normas relativas a los derechos fundamentales.

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