Energía y Minas regula plazos solicitudes concesión

Energía y Minas regula plazos solicitudes concesión

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) emitió una resolución para regular los plazos y la cantidad de oportunidades con el propósito de perfeccionar las solicitudes de concesión de exploración o explotación mineras.
La resolución R-MEM-REG-002-2017 establece un máximo de tres oportunidades ante la Dirección General de Minería o el propio Ministerio para “perfeccionar, subsanar, corregir, adicionar o entregar documentos” en relación a una solicitud.
Asimismo, consigna unos plazos que, en caso de incumplimiento, el solicitante será declarado renunciante de la solicitud de concesión minera.

“Estamos trabajando seriamente en reforzar todas las normativas y reglamentos en procura de agilizar y transparentar los procedimientos, como forma de eliminar la discrecionalidad, que es el caldo de cultivo para la corrupción”, dijo el ministro Antonio Isa Conde.

El primer requerimiento de perfeccionamiento –como puede ser la entrega de documentos adicionales o la corrección de los mismos- tiene un plazo de 30 días hábiles.
Si el solicitante incumple este plazo, se le notificará un segundo plazo de 20 días hábiles. Si persiste el incumplimiento en esos plazos, habrá una tercera y última prórroga de 10 días hábiles.

En caso de que el solicitante no cumpla estos tres plazos, en los siguientes 30 días hábiles el MEM o la Dirección General de Minería emitirán el acto de declaratoria de Renuncia.

Isa Conde afirmó que el ministerio vela por el interés del Estado en el desarrollo de exploraciones y explotaciones mineras, así como por la sostenibilidad de las operaciones.

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