Entre el caos y las circunstancias

Entre el caos y las circunstancias

Con dolor aprendí de Balaguer que “cuando hay que elegir entre el caos y las circunstancias, hay que preferir las circunstancias, porque ellas están por encima del deseo de los hombres”. La Sentencia del Tribunal Constitucional, que de manera retroactiva pretende revisar el estatus de legalidad de los ciudadanos nacidos en el territorio dominicano hijos de ilegales, pero nacidos en la temporalidad de una Constitución que aceptaba como bueno y valido el Ius soli, lejos de resolver un problema de interpretación y aplicación legal y constitucional, ha creado otros y es evidente que ha ampliado los ya existentes.

Una penosa decisión de un Tribunal que en sus interpretaciones y decisiones jurídicas debido a su eminencia, tiene el imperativo deber de actuar en consonancia con los aspectos de tipos históricos, económicos, culturales y sociales que deben ser necesariamente considerados, en este caso no lo hizo; dicho en buen dominicano, “metió la pata”.

Desde hace mucho tiempo la República Dominicana vive con una migración haitiana que le ayuda a producir riquezas en varias áreas de su economía. La agricultura, la pecuaria, la construcción, la agroindustria azucarera y hasta parte del desarrollo del turismo, no se pueden consumar con normalidad, sin la mano de obra haitiana. En la estructura y cultura de producción actual, sin la mano de obra haitiana no hay negocio ni desarrollo, gústenos o no nos guste, ¡esa es la realidad!

Eso no quiere decir que el país debe renunciar a sus derechos de soberanía, que le permite que la migración que se produzca a su territorio se dé en forma ordenada y en la cantidad que nuestra economía necesite y pueda sustentar. Es cierto, la ausencia de una política migratoria abarcadora, ha impedido que el gobierno pueda reducir el inconveniente de la inmigración ilegal con la debida eficacia y eficiencia que el tema lo amerita, porque esta es un factor determinante para el desarrollo del país. El mejor ejemplo es que las obras de construcción del mismo Estado están repletas de obreros haitianos. Así como las plantaciones agrícolas dominicanas que en más de un 80% su mano de obra es haitiana.

Sin embargo, la historia de los derechos es nacional y es global, las declaraciones de derechos tanto las internas de cada Estado, como las del Derecho Internacional, tienen un origen común; si no fuera así, entonces las constituciones de hoy en día no hubieran asumido los derechos humanos como parte integral, o no establecieran que los tratados internacionales, de los cuales los estados son signatarios, tienen supremacía o igualdad de categoría y rango, que las normativas interna de los países, como en efecto lo establecen.

Un error no se corrige con otro error; el hecho de que por años pusimos de lado la problemática migratoria dominico-haitiana, no justifica que en una sola y única sentencia queramos enderezar todo lo que por décadas a golpe de realidad y circunstancias, hemos dejado torcer. Hay soluciones que requieren de un proceso, no de una decisión alegre.

Tal como lo explica Norberto Bobbio, “los derechos tienen una edad, son producto de su tiempo y de las necesidades concretas que desarrollan las sociedades y los individuos de unas coordenadas espaciales y temporales determinadas”. Aunque nuestro país sigue estando, como dice el poeta “en el mismo trayecto del sol”, los tiempos han cambiado, la sociedad no es la misma de otras décadas, porque es dinámica, dialécticamente cambiante.

La realidad actual no es la misma que las vividas entre las relaciones dominico-haitianas durante las décadas anteriores. Por ejemplo, Haití no es el mismo que antes del terremoto y el negocio del beneficiado de la caña de azúcar ahora más tecnificado, no requiere de la misma mano de obra que en otros tiempos. Ahora bien, nuestra incapacidad o falta de voluntad política mostrada por años para reducir la migración, no nos da el derecho de negarle los que ellos han adquirido por haber nacido en este territorio y reconocidos en la Constitución anterior.

Toda Constitución como lo han señalado Peter Haberle y Konrad Hesse “Es Constitución en el tiempo y no puede ser entendida fuera de él”. Por lo que habrá entonces que interpretar y entender los derechos fundamentales dentro de ciertas coordenadas espacios-temporales. Para decirlo en las palabras de propio Hesse: “La Constitución de una concreta comunidad política, su contenido, la singularidad de sus normas y sus problemas han de ser comprendidos desde una perspectiva histórica. Solo la conciencia de esta historicidad permite la comprensión total y enjuiciamiento acertado de las cuestiones jurídico-político-constitucionales”.

Errar es de humanos, admitirlo es de sabios; la Sentencia no es solo un desatino legal o constitucional, sino que carece de posibilidades reales de ejecutoriedad.

La realidad es que Haití no dura una semana de estabilidad si cerramos o sellamos la frontera, pero tampoco República Dominicana avanza y produce riquezas en cantidades apreciables, si sacamos la migración haitiana de manera precipitada, que en el actual momento de las relaciones pudiera producirse.

Administremos la Constitución sabiamente, con observancia de los derechos de los ciudadanos y respetando su temporalidad, creo que en esta coyuntura histórica, debemos preferir las circunstancias y no el caos.

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