Equidad y orden para separar

Equidad y orden para separar

Reynaldo Peguero

Naciones exitosas en sus sistemas de salud, nunca separaron funciones atropelladamente. Menos aun, en República Dominicana que apenas ahora logra asegurar 98% de la población derechohabiente, pero sin la debida calidad y humanización de los servicios. La presión de organismos externos llevó al empirismo local a creer que “separar” era sinónimo de “fraccionar” funciones de servicios, de las de rectoría.

La separación de funciones fue recomendada por entes internacionales para impulsar reformas en salud. Reformas que en su momento, apostaron a reducir competencias del Estado para otorgárselas al mercado. La ley de salud es categórica al indicar que la “separación de funciones debe ser gradual”.

Separar competencias es una propuesta de 1997 basada en el “pluralismo estructurado” promotor de un supuesto modelo innovador para la reforma en salud en América. Iniciativa conceptual de Londoño y Frenk, profesores conocidos e investigadores del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

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Bajo esta óptica, el 10 octubre 2014 el Poder Ejecutivo emitió el decreto 379-14 para ordenar la desconcentración funcional y territorial, del “viceministerio de atención a personas” y los servicios regionales. El objetivo fue iniciar la separación de funciones de servicios de las rectoría del Ministerio. Se le añadió el aparato organizativo de APS y potenció un viceministerio antes denominado “dirección de hospitales”, utilizada para comprar equipos “llave en mano”.

En 2015 se aprueba la ley 123 que crea el Servicio Nacional de Salud (SNS). Órgano que recibió funciones de provisión de servicios con Dirección Central y expresiones desconcentradas, los Servicios Regionales de Salud (SRS). Este apuro organizativo precipitó contradicciones institucionales.

Los servicios no saben de rectoría y la rectoría no encuentra cómo implantarse en los servicios. La creación del gabinete bajo la presidencia del ministerio de salud garantiza concurrencia en la torre de Babel de los sistema de salud y seguridad social.

Siendo estratégicos, la gobernabilidad del Plan Estratégico Salud 2030, importantiza el funcionamiento del Consejo Directivo del SNS y el Acuerdo Marco de Gestión, entre Ministerio y SNS. Rectoría y servicios al fin deben armonizarse organizativa y financieramente, especialmente en un SNS que maneja anualmente 58 mil millones de pesos.

En sistemas de salud con atención primaria masificada y hospitales dirigidos por gerentes acreditados, la separación de funciones es pertinente. Sin embargo, en estructuras del Estado como el sector salud dominicano, la medida debe gestionarse mejor.

Se impone que el Consejo Directivo del SNS funcione activamente. Monitoreé un plan operativo no solo de servicios, sino también de acatamiento nacional de la rectoría del MSP. Que además, se firme el

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