Por Reynaldo Hernández
De cobrarse el itbis como está concebido en el proyecto podría existir una doble tributación, sin embargo, dejar de cobrar el impuesto contribuiría a una competencia desleal con los proveedores del servicio de televisión por cable o satelital, donde los usuarios pagan 30%.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) anunció la intención de aplicar un impuesto de 18% de itbis por el uso de las plataformas streaming de pago (Netflix, Amazón Prime Video, HBO MAX, Apple TV+, Disney Plus, Spotify, Uber etc.).
Esta noticia ha sorprendida a una muy golpeada clase media que aún no se recupera del impacto de la pandemia del Covid 19, el aumento desmedido de los derivados de los carburantes, los cuales inciden directa o indirectamente como efecto dominó en las alzas de casi todos los productos de primera necesidad y servicios de uso común.
Lee más: El Gobierno busca gravar los servicios de Internet
Sin embargo, en parte es defendible la postura de la DGII en virtud de que las empresas de entretenimiento digital son de capitales extranjeros y no contribuyen al desarrollo económico del país, debido a que no requieren en sus operaciones la contratación de personal dominicano y no contribuyen en reducir el alta de tasa de desempleo del país, sobre todo en la juventud que es el sector que más consume este tipo de servicios automatizados a distancia.
Una de las características principales de este tipo de negocio es la implementación de una aplicación tecnológica que usa muy poco personal para su operación.
Es tan simple como el uso de un sistema automático donde el usuario paga y se convierte en auto-soporte fundamental en la solución de cualquier tipo de inconveniente técnico que pudiera presentar, lo que significa menos empleos formales gracias a la era del conocimiento tecnológico.
En contraste a esa realidad, las empresas tradicionales del servicio de cable local contratan una gran cantidad de técnicos, personal de servicio para laborar físicamente o vía call center, equipos de ventas, publicidad y facturación, pagos de derechos de transmisión, costos de manteamiento que regularmente requiere la presencia física de especialistas calificados para la solución de las averías, contratación de empresas para servicios especiales.
Todas esas inversiones y gastos de las compañías de los servicios de cable impactan en el dinamismo económico del país a través de la generación de empleos, sobre todo a los jóvenes dominicanos, sumado a que los clientes de las empresas de televisión por cable aportan un 30% de impuestos, uno de los más altos de la región.
Dicho lo anterior, nos hacemos la siguiente pregunta:
¿A caso no es una competencia desleal en contra de las empresas locales, no gravar con impuestos en favor del Estado a las plataformas streaming de pago como ocurre en países como Argentina y España?
Tomando como parámetro lo antes mencionados por supuestos que sí, aunque primero debemos analizar algunas variables importantes antes de aplicar dicha imposición, entre estas estudiar si existe una doble tributación en detrimento del consumidor final, al igual se debe evaluar si existen las condiciones razonables conforme al momento de crisis que vive el país.
Lo cierto es que el gobierno pretende aplicar un 18% correspondiente al itbis, pero ninguna plataforma digital funciona sin el uso del internet, el cual de antemano paga precisamente un itbis de 18%, adicionalmente se le aplica un 2% de aporte a las telecomunicaciones y un desenfrenado 10% de Impuesto Selectivo al Consumo, el cual no debería aplicarse, en el entendido de que el uso del internet es un derecho fundamental de los ciudadanos y no puede considerarse como un simple lujo.
En ese sentido, la naturaleza del Impuesto Selectivo al Consumo es gravar productos que no son indispensables para la sociedad e inclusive algunos que producen daños a la salud, como es el caso del alcohol y el tabaco.
Además de otros bienes de uso exclusivo- debido a su alto costo-como carros son los carros de lujos y equipos de última generación conservados para los sectores más pudientes.
Es en ese contexto que considero que es inconcebible que la DGII nos cobré un 18% por el uso de las plataformas de pago y mantenga vigente un 30% por el uso del internet, que es indispensable para hacer funcionar cualquier servicio streaming, el cual de antemano es el más costoso en materia impositiva de la región, sin dejar a un lado el alto costo de los servicios de las prestadoras.
Al parecer las autoridades no han analizado que el streaming consume mucho más data o ancho de banda que otros servicios habituales y regularmente se hace acompañar de un teléfono sea móvil o fijo, lo que genera un mayor pago de impuestos al fisco.
Es por ello que entendemos que las plataformas de streaming de entretenimiento deben pagar impuestos, pero algo razonable y nunca un 18% de itbis, pero tampoco un 10% de Impuesto Selectivo al Consumo, debido a que caeríamos en el error de la doble tributación al cobrar itbis o impuesto selectivo dos veces, uno por la data y otro por las plataformas digitales que usemos, al margen de que tendríamos que volver a pagar si usamos varias a la vez.
Una vez planteada la doble tributación, nos encontramos con una inflación cercana al 9% (8.5) como cifra record, sumado a una gasolina acariciando los 300 pesos por galón.
En otras palabras, el panorama no luce el más idóneo para la aplicación de este impuesto, no obstante, es una ventana abierta al futuro, donde el Estado podría percibir recursos adicionales estableciendo un impuesto prudente entre un 5 a 7%.