Luego del conflicto de Amelia Alcántara y su pareja en un establecimiento de diversión del país, la presentadora vuelve a ser noticia nueva vez, pero en esta ocasión en una situación más compleja y personal.
Un video muestra una agresión física hacia Amelia, cosa que ella niega pero que llegó hasta los tribunales dejando como resultado la decisión del juez Rigoberto Cena de imponer como medida de coerción garantía económica y presentación periódica contra Wagner Taveras Taveras, pareja sentimental de la también modelo.
Este desenlace provocó que Santiago Matías, CEO de Alofoke Music Group, dueño de la plataforma “Sin filtro Radio show”, programa donde laboraba Amelia, la suspendiera de forma indefinida.
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Sobre este caso, consultamos a la abogada y comunicadora Lenis García, quien dice que “un problema personal no puede ser causa de despido. Todos tenemos problemas personales y ningún tema puede dar lugar a despido. Las causales de despido están claramente previstas en el artículo 88. Ahora bien, la empresa, el empleador puede dar desahucio y terminar por si y sin dar justa causa el contrato de trabajo pero, en este caso debe compensar con todos los derechos al trabajador”.
García agregó que Conforme el artículo 67, el contrato de trabajo puede terminar con o sin responsabilidad para las partes. “Ahí está la diferencia y dependerá de las causas si es justificado o no. El empleador tiene el derecho a despedir siempre que lo haga dentro del marco de la ley respecto a las compensaciones del trabajador”.
“En el caso en cuestión solo quisiera ponderar que una mujer sometida a violencia es una víctima y como tal, debe recibir apoyo de sus entornos cercanos del cual considero no es excluyente el entorno laboral”, destacó Lenis.
Resaltó que muchas mujeres sufren violencia económica, razón por la cual algunas están en relaciones tóxicas y abusivas.