La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) exhortó a una gran cantidad de propietarios de vehículos de motor a realizar la transferencia de los mismos a sus nombres.
Quienes deben hacer la transferencia son aquéllos propietarios de vehículos cuyos números de placas aparecen en un listado publicado en las páginas 8A y 9A de este diario.
Con la medida se busca cumplir con el artículo 4 de la Ley 492-08, que obliga a la transferencia de la propiedad de los vehículos cuyos antiguos propietarios han interpuesto una Oposición por Descargo.
La transferencia de la propiedad de vehículos de motor, así como el pago de los impuestos correspondientes se debe realizar en las Oficinas de Servicios Personalizados de Impuestos Internos. Para la renovación de marbetes 2009, los vehículos que presenten ese tipo de Oposición, no podrán renovar hasta tanto realicen el traspaso.