Es urgente que el país regule la internación de productos

Es urgente que el país regule la internación de productos

Cuando se discutía la ley del consumidor, el sector empresarial sugirió que la ley debía contener la elaboración de un reglamento para la regulación de la internación de productos para evitar la competencia desleal y que el contrabando y las falsificaciones afecte a los que están de manera correcta en el mercado. En el ejercicio de nuestras funciones al frente de PRO CONSUMIDOR, hemos recibido a varios suplidores y representantes de reconocidas marcas del mercado mundial que nos han llevado las quejas y las pruebas de que en el mercado local abundan productos con el sello de sus marcas, pero con evidentes señales de que han sido falsificados.

La lista es bastante larga como para preocupar, porque la misma abarca desde desodorantes, jabones de baño, detergentes, algunos comestibles, bebidas alcohólicas como whiskies, cigarros, cigarrillos, conductores eléctricos, el ron producido en el país que es víctima de falsificaciones en el mismo territorio nacional, entre otros bienes de uso y de consumo.

Al inicio del año 2013, varios niños se intoxicaron con bebidas alcohólicas fabricadas de manera clandestina, los fabricantes tradicionales de ron expresaron su preocupación por las falsificaciones, las cuales no solo generan una disminución en los ingresos fiscales, sino que significan un serio problema para la salud de las personas que consumen ron, que en este país son muchísimas.

Eso provocó que en la Semana Santa de ese año hiciéramos un ejercicio en las emergencias de los hospitales públicos, que consistió en un cuestionario con una única pregunta a los que llegaban intoxicados a los hospitales: ¿qué tipo de bebida ingirió? El 70 por ciento respondió que había tomado “ron criollo”.

Ese mismo año el Ministerio de Salud Publica desmanteló varias fábricas donde además de la bebida falsificaron las etiquetas, tapas de las botellas y no solo de ron sino también de whiskies, lo que tiene preocupado a los ingleses que traen esa bebida que es exclusiva de los escoceses.

Existen numerosos falsificaciones, muchas tan bien hechas que es difícil determinar cuál es el original o el falso, por eso la Organización Mundial del Comercio advierte sobre las imperfecciones del mercado y la necesidad de que se creen mecanismos de regulación para proteger la libre empresa y a los consumidores.

Volviendo a la internación de productos, todos los países del mundo tienen sus reglas. Nos ha llamado la atención que Haití esté prohibiendo la harina producida en el país, porque supuestamente contiene bromato de potasio, un aditivo que se prohibió en nuestro territorio en el 2009.

La Ley 358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor contiene atribuciones para regular la internación de productos; si pudiéramos aplicarla estaríamos protegiendo la industria nacional, a los inversionistas extranjeros y a los que representan marcas mundiales y que están en el país en desventajas por el contrabando y las falsificaciones.

El artículo 40 de la Ley 358-05 trata de la internación de productos y el 41 se refiere a que la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor junto con la DIGENOR, -ahora INDICAL- establecer mediante reglamento, los plazos mínimos previo a la fecha de expiración que deberán ser satisfechos para la internación de los bienes perecederos de origen importado. Este reglamento deberá prever que Dirección General de Aduanas no autorice el despacho de importación de productos de consumo que no cumplan con este requisito, que no tengan registro sanitario, que no tengan fecha de expiración, cuya fecha de expiración se encuentre vencida, cuyas etiquetas o rotulado no estén al menos en el idioma español o que no tengan las advertencias de salud conforme a las normas vigentes cuando corresponda”.

El Artículo 42 agrega: La Dirección Ejecutiva de PRO CONSUMIDOR tendrá dentro de sus funciones velar por el cumplimiento de estas disposiciones y tomará las medidas de lugar para sancionar las violaciones.

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