No necesariamente el uso de un “paraíso fiscal” debe suponer una acción ilegal, pero es lo más común y lo que generalmente con- lleva. Todo el mundo lo sabe, y en especial los que levantan el estandarte por la transparencia y la persecución de la evasión de impuestos así como el control del dinero mal habido o, peor aún, peligrosamente destinado, como puede ser, en el caso de lo primero, encubrir fortunas generadas por el crimen organizado y, en lo segundo, financiar el terrorismo, financiar actividades ilegales y comprar voluntades. Las cuentas y operaciones en “paraísos fiscales” buscan encubrir el origen del dinero, ocultar a sus verdaderos dueños y evadir impuestos y esto, en cualquier sociedad también es ilegal.
Obsérvese el menú de opciones disponible:
Crear una empresa fantasma que aunque puede parecer que realice operaciones normales es, en realidad, pura fachada. Solo maneja el capital de la que fue dotada ocultando quien es el dueño verdadero, contando con el registro de una directiva falsa que es la que firma y pone sus nombres en el encabezado de los documentos. A las autoridades se les hace difícil identificar al dueño real. También se les llama “firmas de maletín” o “firmas de buzón” porque no pasan de ser una dirección postal. Muy útil igualmente para evitar que exesposas sepan los bienes reales de su ex. Si lo que quieres es ocultar fondos no depositas en centros financieros de países desarrollados donde, si se quiere, se llega al propietario real, sino que se opta por los “offshore” que abundan y, ciertamente, muchos de ellos, son posesiones de potencias centrales. El atractivo que ofrecen es el alto secreto que confieren a las cuentas.
Otra modalidad de uso corriente son las llamadas “acciones y bonos al portador” con los que se mueven altas cifras. Esos documentos dan garantía del cobro sin que se pueda saber quién es el dueño real del dinero. Pueden estar guardados en una oficina. Todos esos centros y las operaciones que permiten ofrecen oportunidades excelentes, de ahí lo de “paraíso”, para convertir dinero “sucio” – proveniente de acciones criminales o la corrupción – en dinero “limpio” depositándolo en una empresa “fantasma” o convirtiéndolo en “bonos al portador” de forma que su uso no genere alarma. Estos centros financieros son también muy buenos para violar sanciones internacionales, ya sea a naciones o a individuos.
Estados Unidos suspendió la venta de “bonos al portador” desde 1982 precisamente para evitar que se usasen para actividades ilegales. La Unión Europea introdujo la conocida como Directiva Europea del Ahorro que permite que cualquier nación miembro pueda cobrar impuestos sobre cuentas de sus nacionales depositadas en bancos de otros países miembros. En consecuencia, ha crecido el número de europeos que depositan ahora sus cuentas en “offshore”. El próximo mes de mayo se celebrará en Londres una cumbre sobre corrupción y se ha dicho que se anunciarán nuevas medidas. Esperemos, porque en el próximo trabajo revisaremos cuáles son los 10 países que con más celo guardan los “secretos” bancarios y Panamá no está en ese selecto grupo.