La Comisión de Verificación del proyecto de reforma constitucional recomendó, en su informe final, la eliminación en segunda lectura de dos párrafos del artículo 153, con lo cual quedaría fuera de la nueva Constitución la creación y funcionamiento de la Escuela Nacional de la Judicatura.
En ese sentido, el director de la Escuela, Henry Molina, externó su preocupación ante esta posibilidad, al indicar que uno de los grandes avances en el Poder Judicial se debe precisamente a la formación de sus servidores, quienes actualmente solo pueden ingresar a la carrera judicial a través de un concurso público de antecedentes y oposición.
Proponemos que se mantenga el texto tal cual fue aprobado en primera lectura el artículo 153, a los fines de que se consagre constitucionalmente la Escuela Nacional de la Judicatura, que por los demás ha sido un modelo de capacitación para todos los poderes judiciales de Iberoamérica, convirtiéndose en la escuela líder de la región.
La Comisión de Verificación alega que el contenido de estos artículos es materia de disposición legislativa y no constitucional y que como tal ya la ley de Carrera Judicial número 2374-98 lo consigna.
Molina sostiene que sería imperdonable que en la esencia de una Constitución que proclama una forma de estado social y constitucional de derecho, no se integre la creación de la Escuela de la Judicatura, sobre todo cuando en ella se incorpora la Escuela del Ministerio Público. Señala que esto constituiría una manifiesta contradicción ideológica al dar preminencia a la formación de los acusadores sobre los jueces.