Espectáculos Públicos prohíbe difusión de nueve reggaetones

Espectáculos Públicos prohíbe difusión de nueve reggaetones

La Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía (CNEPR) prohibió la difusión de nueve reggaetones por considerarlos atentatorios contra la dignidad de la mujer, la moral y las buenas costumbres y por incitar al consumo de sustancias prohibidas.

Los más afectados con la medida fueron Residente Calle 13, grupo al que la Comisión le prohibió siete temas: “Ojalai”, “Vamos animal”, “Cabeceo”, “La madre de los enanos”, “Se vale to-to”, “Pi-di-di-di” y “La tripleta”. Le siguen Yaviah y Julio Voltio, a quienes le censuraron “Jaja” y “Chuli culin chnfly”, respectivamente. 

La decisión de la Comisión, presidida por Oquendo Medina, tiene como base el Reglamento 824, en sus artículos 4, 5, 61, 62, 84, 123 y 125.   

Medina señaló que estos temas del popular ritmo del “perreo” no pueden ser difundidos por la televisión abierta o de telecable, la radio, colmadones, billares y otros establecimientos públicos o en cualquier otro medio electrónico.

Advirtió a los locutores que coloquen los citados reggaetones en las estaciones radiales, que su carnet puede ser suspendido de manera provisional o definitiva.

La advertencia, también está dirigida a los empresarios de canales de televisión abierta o telecable y a las personas que realizan actividades públicas.

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