El abogado y dirigente del Partido Revolucionario Dominicano, Emmanuel Esquea Guerrero ,afirmó que la resolución dictada por el director nacional de Persecución de la Corrupción Administrativa, licenciado Hotoniel Bonilla García, disponiendo el archivo definitivo del expediente investigativo contra el ingeniero Félix Bautista es nula por haber violado normas constitucionales, tal como lo expuso el doctor Francisco Domínguez Brito, Procurador General de la República, al pedir a la Suprema Corte de Justicia revocar esa decisión.
Dijo que el auto del Procurador General Adjunto, Bonilla García, viola el derecho al debido proceso de los denunciantes y los querellantes consagrado por el artículo 69 de la constitución de la República, ya que ellos no fueron oídos como manda el ordinal 2 del referido artículo 69, ni se respetó su derecho de defensa como dispone el numeral 4 del mismo artículo, al no haber igualdad en la investigación, pues ni siquiera fueron citados.
Insistió en que tampoco se respetó el numeral 7 del artículo 69 de la Carta Magna, que ordena que todo proceso observe la plenitud de las formalidades propias de cada juicio, en razón de que el Ministerio Público violó el Principio de Legalidad consagrado en el artículo 13 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, que le exige someter sus actuaciones a la Constitución, las leyes y los precedentes jurisdiccionales vinculantes.
Precisó que en su sentencia del 18 de diciembre de 2008, la Suprema Corte de Justicia reconoció el carácter de empréstito público del contrato de la Sun Land al señalar que ciertamente, como ha sido alegado en la especie, el Poder Ejecutivo estaba en el deber ineludible de someter el acto impugnado a la sanción del Congreso, lo cual desconoció el Procurador General Adjunto al decir en su auto que: tanto el contrato como los recursos que de él se derivaron, no constituían empréstitos capaces de comprometer la renta pública.