El Tribunal Constitucional estableció ayer mediante sentencia que el Estado tiene la facultad para regular el sistema educativo tanto a nivel público como privado, y de condicionar el aumento de las tarifas que cobran los colegios por el servicio que ofrecen.
Mediante la sentencia TC-0058-2012, los jueces establecen que pensar lo contrario sería desconocer la dimensión del Estado como regulador y señalan que no se puede trasladar y aplicar el concepto de libertad de mercado a la educación privada con fines de lucro, aduciendo de una libertad libre del control estatal.
Los jueces fallaron una acción directa de inconstitucionalidad que interpuso la Asociación de Instituciones Educativas Privadas (Ainep) contra el artículo 1 de la Ley 86-00, que autoriza a Educación a regular las tarifas de los colegios.