El Ministerio de Trabajo reitera a todas los empresarios y trabajadores, que la festividad del Día del Trabajador que se celebra el 1ro de mayo, no se cambia este año conforme a lo establecido en la Ley 139-97 de aplicación de días feriados en la República Dominicana.
La ciudadanía deberá reintegrarse a sus labores el lunes 3 de mayo; en el caso de las empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deberán recibir una remuneración adicional de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.
La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.