Corresponde a alcaldes, vicealcaldes, regidores, directores y subdirectores de juntas distritales que resultaron electos para el periodo 2024-2028. Pimentel aclaró empresas con contrato previo a la suspensión deben terminar su ejecución
Este miércoles, en cumplimiento con la Resolución DGCP-01-2024, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informó la suspensión de oficio de los Registros de Proveedores del Estado (RPE) de 211 alcaldes, vicealcaldes, regidores, directores y subdirectores de juntas distritales que resultaron electos para el periodo 2024-2028.
La normativa establece que estos funcionarios no podrán ser oferentes, ni contratar con el Estado para suplir bienes, obras y servicios a las instituciones gubernamentales hasta seis meses después de su salida del cargo.
En convesación con el periódico Hoy, Carlos Pimentel, director general de Contrataciones Públicas, aclaró, sin embargo, que «la suspensión nunca será retroactiva. Si una empresa de esas tiene un contrato previo a la suspensión, ese contrato no se suspende, el contrato continúa su ejecución; ahora, no será adjudicado de un nuevo contrato desde el día de hoy«.
El Estado cuenta con casi 120 mil proveedores, por lo que Pimentel puntualizó que la suspensión de esas 211 empresas no afecta el aparato reproductivo y económico del Estado.
Aquí la lista de los proveedores suspendidos:
Más temprano, en una nota de prensa, el director de la institución rectora de las contrataciones estatales exhortó a las nuevas autoridades municipales a gestionar sus procesos de compras a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (Portal Transaccional), que es la plataforma de uso obligatorio para la gestión de los procesos de compras y contrataciones de los organismos sujetos al ámbito de aplicación de la Ley 340-06, para garantizar el cumplimiento de los principios de participación, transparencia y publicidad.
El órgano rector informó que el acto administrativo contentivo con dicha decisión fue enviado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas para los fines correspondientes.