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La evaluación de los aprendizajes y de los procesos educativos se extiende a lo largo de todo un cauce de posibilidades. La misma no implica exclusivamente al estudiante como sujeto; también, y ante todo, al propio sistema de educación y a la pluralidad de agentes que intervienen en todas sus acciones. Esas consideraciones las extendemos hasta abarcar tanto a los procedimientos que permitan verificar los procesos de enseñanza aprendizaje como a los que permiten verificar el funcionamiento de todo el sistema. Estos dos niveles de evaluación (en que se refiere al sistema y el que lo hace a los procesos educativos) no debe confundirse. En el caso específico nuestro, podríamos verlos de esta manera: la evaluación del funcionamiento del sistema de instrucción pública que ahora se pretende reformar es competencia de las autoridades del Ministerio de Educación, en tanto que la de los procesos lo es, en primera instancia, de los profesores y estudiantes como actores principales de esos procesos. La relación entre unos y otros es propiamente educativa y de carácter recíproco. Por una parte, los sistemas de evaluación están determinados por los objetivos y procedimientos de los aprendizajes. Por otra, influyen en los procesos y metas de la educación y contribuyen a su concreción, consolidación y rectificación, aunque, en ocasiones, pueden deformarlos y desnaturalizarlos hasta hacerlos irreconocibles.
La Dirección de Evaluación de la Calidad Educativa del Ministerio de Educación se propone formular un Plan Estratégico que implique los dos niveles de evaluación señalados. Dicho Plan deberá ser consecuente con los objetivos y finalidades de los distintos niveles educativos y del sistema de instrucción pública globalmente considerado. Sólo cuando aquí existan garantías suficientes del buen funcionamiento de las escuelas públicas y de los colegios privados, se haría menos necesario el recurrir a evaluaciones externas como las tantas veces satanizadas pruebas nacionales.
El avance del conocimiento científico y del desarrollo tecnológico y sus implicaciones cada vez mayores sobre los procesos productivos obligan a una formación profesional más prolongada, a una formación básica más consistente y a la vez más versátil y susceptible de adaptarse a necesarias y frecuentes innovaciones. Afortunadamente, las mayores posibilidades de acceso a la enseñanza, la aspiración de un mayor número de dominicanos (plural genérico) a obtener una mejor formación, coinciden con las exigencias de superiores requerimientos educativos por parte del entorno social y productivo, confluyendo todo en un crecimiento continuado de la demanda de educación en todos sus niveles y modalidades.
La nueva Constitución de la República, la proclamada el 26 de enero del año 2010, podría haber traído efectos profundos en la capacidad y funcionamiento de nuestro sistema de instrucción pública, al reconocer como uno de los fundamentales el derecho a la educación y al encomendarles a los poderes públicos la garantía de que todos lo disfruten por igual. ¿Que nos falta? El evitar que, por nueva vez, la Constitución de la República sea convertida en “un pedazo de papel” y que “el 4% del PBI pierda sus encantos”.