La zona del Caribe es frecuentada por decenas de cruceros que tienen estos puertos en los itinerarios que ofertan a los turistas.
Es más, algunos expertos en la materia entienden que ya la zona del Caribe está saturada de rutas de cruceros, señalando que en algunos destinos estas embarcaciones congestionan los puertos en ciertas temporadas del año.
No hay duda de que el turismo de cruceros es uno de los más demandados por quienes prefieren pasarla en el disfrute que incluyen los paquetes ofertados por las empresas especializadas.
La diversión a bordo y el hecho de tocar varios puertos y conocer parte de las ciudades incluidas representa, para muchos, una ventaja sobre las demás ofertas de paquetes turísticos.
Pero la República Dominicana, que está en el Caribe y que junto con Haití ocupa una de las islas de las Antillas Mayores, parece haber perdido el atractivo para las empresas que ofertan itinerarios turísticos.
Así, mientras algunos puertos caribeños son congestionados de tiempo en tiempo por los buques de crucero, los nuestros continúan desahogados. Eso, en vez de ser bueno, es de lo peor que puede pasarle a un país caribeño con tan buenas características geográficas, como es el nuestro.
Muchas líneas de cruceros han excluido a la República Dominicana de sus itinerarios, a pesar de todos los atractivos que tenemos. Una de las principales razones alegadas ha sido la falta de condiciones adecuadas en los puertos, y sobre todo, la basura en los embarcaderos.
Nos estamos perdiendo de una modalidad de turismo muy dinámica y productiva. Pongámosle caso a nuestra exclusión.
Una muestra
Nuevamente nos abstenemos de hacer afirmaciones o negaciones en cuanto a si el Código Procesal Penal requiere o no ser revisado y modificado. Lo que sí nos atrevemos a afirmar es que corresponden a apreciaciones erradas algunas de las culpas que se le atribuyen a ese código.
Citemos un caso como muestra. La vivienda en que una pareja de esposos conservaba los cadáveres de sus víctimas de asaltos y robos, en el sector de Mendoza, fue saqueada después de que la Policía y el Ministerio Público habían tomado control del inmueble.
Jamás se debió permitir el acceso a esa vivienda de personas ajenas a la investigación, sin autoridad para entrar en contacto con evidencias, indicios o cualquier otro elemento útil para desenmarañar el macabro cuadro.
Se ha cometido una falla terrible al dejar estos elementos a merced del pillaje y los curiosos y esa falla, que sepamos, no es responsabilidad del Código Procesal Penal ni nada que se parezca, sino de quienes han debido preservar el escenario hasta concluido el inventario de evidencias y pruebas, hasta terminada la investigación. Habría que ver con qué frecuencia le fallamos al Código.