Explica por qué no se ha aplicado ley 358-05

<p>Explica por qué no se ha aplicado ley 358-05</p>

POR EVARISTO RUBENS
La Ley 358-05, de protección al consumidor, no ha entrado en vigencia debido a la complejidad del procedimiento exigido y a los requerimientos previos dispuestos por la propia legislación, afirmó ayer la Secretaría de Industria y Comercio.

Explicó que no se trata de que haya faltado voluntad para agilizar la aplicación de esa legislación y menos si se trata de un empeño muy especial del gobierno y de esta institución. “Hay que cumplir las exigencias procedimentales que esa ley impone”, expresa la Secretaría de Industria y Comercio en un boletín de prensa.

Señala que “la complejidad del procedimiento exigido y de los requerimientos previos dispuestos por la propia legislación, ha retrasado la entrada en vigor de la ley 358-05”.

No obstante, agrega, en la actualidad se dan los toques finales para la instalación de la estructura operativo-administrativa dispuesta en esa ley y sobre lo que se ha avanzado satisfactoriamente.

Indica que el secretario de Industria y Comercio, en el ejercicio de sus funciones como presidente del consejo directivo del Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro-Consumidor), “ha dado fiel cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 358-05, en su artículo 9”, para dejar integrado ese consejo, el  cual conocerá sobre los casos para los cuales esa legislación fue creada.

Observa que “a fin de dar cumplimiento a lo señalado se procedió a enviar sendas comunicaciones a todos los miembros de las asociaciones y empresas productoras de mercancías, asociaciones y empresas suplidoras de servicios y organizaciones de defensa de los derechos de los consumidores, con la finalidad de que presentaran las ternas y, en consecuencia, pudieran ser remitidas al Poder Ejecutivo, donde serán seleccionados los representantes de cada uno de ellos, tal y como lo establece la ley”.

Sostiene que en apoyo al envío de esas comunicaciones, “se emitió en fecha dieciséis (16) del mes de octubre del año en curso, un aviso público, reconfirmando lo expresado en las cartas remitidas, fijando el día primero de este mes como la fecha límite para la presentación de las ternas requeridas”.

“Hasta la fecha se han recibido las ternas correspondientes a las asociaciones y empresas suplidoras de servicios y organizaciones de defensa de los derechos de consumidores, mientras aguardamos respuestas de los sectores que no se han acogido a los requerimientos”, explica.

La Secretaría de Industria y Comercio exhorta a las empresas productoras de mercancías para que procedan a presentar sus ternas en un nuevo plazo no mayor de cinco días laborables, que correrá a partir de hoy, tras recordar que el titular de esa cartera, Francisco Javier García, prometió que antes de que finalice el año la ley será puesta en vigencia.

Expresa, además, que “el hecho de que se promulgue una ley, no quiere decir que inmediatamente pueda entrar en vigencia y que en el caso particular de la Ley 358-05, hay un procedimiento previo que debe ser cumplido, y en eso nos hemos concentrado desde el primer momento”.

Señala que el nuevo marco legal descentralizará y modernizará la actual Dirección de Control de Precios, que se ampara en la Ley 13 y se erigirá en un instrumento de protección al consumidor que fuera consensuado entre el gobierno y los diversos sectores empresariales, consumidores y distribuidores de servicios en general.

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