Explican situación préstamo para PN

Explican situación préstamo para PN

POR LOYDA PEÑA
Para dejar sin efecto el Proyecto Integral Sostenido de Seguridad Democrática de la Policía Nacional por las causas que adujo el presidente Leonel Fernández para devolverlo al Congreso y solicitar su rechazo, el Estado dominicano deberá procurar una solución amigable con la empresa The Sun Land Group L.L.C. (TSG),  so pena de ser sometido ante una Corte Federal en el Estado de La Florida y cargar con todas las consecuencias legales.

El contrato para la ejecución de ese proyecto entró en vigencia tan pronto fue ratificado por el Congreso Nacional, y sólo podrá ser rescindido sin perjuicio para el Estado Dominicano en caso de «fuerza mayor», según lo convenido entre las partes.

Así lo establece el denominado Contrato TSLG0502, que involucra un préstamo de RUS$132.5 millones, firmado por las secretarías de Estado de Finanzas (SEF) y de Interior y Policía (SEIP), con la TSLG.

Señala que en caso de que la aprobación del acuerdo (en el Congreso) sea denegada o se condicione a cualquier modificación, ninguna de las partes tendrá obligación con las otras, «excepto en que mediante notificación por escrito, TSLG tendrá el derecho a ser reembolsada por los gastos de bolsillo, incluyendo viajes, trabajos realizados o productos entregados, así como todos los gastos incurridos en la tramitación y obtención de la aprobación de este Acuerdo».

Agrega que en caso de que una causa, procedimiento o acción legal sea emprendida por una parte con relación al Acuerdo, «la parte que prevalezca tendrá derechos a recobrar todos los costos y honorarios razonables de abogados, incluyendo los niveles de preaudiencia y apelación».

En el artículo 20 del contrato las partes contratantes reconocen que todas las disposiciones contenidas en el mismo son de naturaleza «comercial más que gubernamental», y en consecuencia, renuncian a toda inmunidad en caso de cualquier procedimiento legal que surja. Las secretarías de Finanzas e Interior y Policía con respecto a ellos mismos «renuncian expresa e irrevocablemente a cualquier derecho de inmunidad que exista o pueda existir (incluyendo inmunidad de procesos legales, jurisdicción de cualquier corte o de cualquier ejecución o anexo para lograr la ejecución antes de la sentencia, o de otro modo) o demanda que exista o pueda existir, y acuerdan no mantener dicho derecho o demanda en dichas acciones o procedimientos, ya sea en los Estado Unidos o en la República Dominicana».

PAGO DE COMPENSACION

Ninguna de las partes contratantes estará obligada a pagar a la otra cualquier forma de compensación sólo si la ejecución del acuerdo se retrasa o detiene por circunstancias de fuerza mayor que incluyen, no limitativamente, paros, huelgas, protestas, motines, conmociones civiles, fuego, accidente, actos de Dios, guerra, acción de Gobierno u otra causa fuera de control razonable, que se extienda por un período mayor de seis meses.

Sólo en esos casos la TSLG será pasible de cualquier reembolso, pero sin perjuicio de los derechos respectivos bajo el acuerdo. El contrato entre el Gobierno y la empresa The Sun Land Group fue ratificado en el Congreso el pasado 19 de julio, y devuelto por el presidente Fernández a la Cámara de Diputados el 17 de agosto en curso, con la encomienda de que el mismo sea dejado sin efecto y rechazado.

La Cámara Baja, a su vez, lo declaró como «no recibible» en su sesión de este martes 22, y lo reenvió al Poder Ejecutivo, por carecer de competencia para decidir sobre contratos o convenios.

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