Facultad para deliberar

Facultad para deliberar

El general Pedro Santana, una de las espadas más brillantes al servicio de la independencia dominicana; héroe indiscutible de las gloriosas batallas de Azua y Las Carreras; tres veces presidente y luego satanizado y considerado traidor a la Patria por haber cometido el error de anexar la República a España.

Esta breve semblanza viene a colación para recordarles a nuestros compatriotas que cuando fue votada la primera Constitución de la República, en noviembre del año 1844, se consignó en la misma que el poder radicaría en el Congreso y el general Santana protestó diciendo que no juraría esa Constitución porque la consideraba muy liberal y porque el poder debía ser militar y no civil; reclamando, además, poderes ilimitados para poder gobernar, logrando que se incluyera en dicha Constitución el célebre artículo 210, el cual con el tiempo se convertiría en el artículo 55 que confiere al presidente de la República el mando supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, entre otras facultades.

A propósito de las Fuerzas Armadas, nuestra Constitución vigente establece en su artículo 93 lo siguiente: «Que éstas son esencialmente obedientes y apolíticas y no tienen, en ningún caso, facultad para deliberar. El objeto de su creación es defender la independencia e integridad de la República, mantener el orden público y sostener la Constitución y las leyes. Podrán intervenir, cuando así lo solicite el Poder Ejecutivo, en programas destinados a promover el desarrollo social y económico del país».

Con lo antes señalado, se desmiente categóricamente que los militares no pueden participar en actividades de carácter social y económico en beneficio de la comunidad, especialmente de la clase marginada, como aducen los políticos cuando están en la oposición del gobierno, pretendiendo desacreditar y mantener en el ostracismo, mediante campañas aviesas, a nuestras instituciones castrenses.

Por otra parte, en lo que tampoco estamos de acuerdo, de ninguna manera, es en lo atinente a que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no tienen facultad para deliberar, en virtud de que esta cláusula es a todas luces violatoria de los derechos humanos y, además, porque es inconcebible a la luz de la etimología de la palabra, según diccionarios consultados al respecto.

Veamos:

1ro.- El diccionario de la Lengua Española de la Real Academia dice lo siguiente: Deliberar es «considerar atenta y detenidamente el pro y el contra de nuestras decisiones, antes de adoptarlas y la razón o sin razón de los votos que se nos piden, antes de emitirlos. Revolver una cosa con premiditación»;

2do.- El Pequeño Larouse Ilustrado expresa que deliberar es «examinar atentamente el pro y el contra de una decisión, antes de realizarla. Decidir, resolver una cosa después de un cuidadoso examen»;

3ro.- El Español de Sinónimos y Antónimos (de F.C. Sainz de Robles) se expresa de la siguiente manera: Deliberar es «pensar, reflexionar, meditar, examinar, discutir, debatir, considerar, decidir, resolver y determinar».

De lo anteriormente expresado se infiere que consignar en nuestra Carta Magna que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional no tienen facultad para deliberar es sencillamente un disparate, porque no se le puede prohibir a una persona, por el hecho de ser militar, su facultad de pensar, reflexionar, examinar, discutir, debatir, decidir y «resolver una cosa después de un cuidadoso examen», como señalan los diccionarios citados, por tratarse de un derecho inherente al ser humano.

No quiero dejar de mencionar que hace un tiempo oí decir a un sacerdote que debajo de la sotana había un hombre. Y debo recordarles a los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional que debajo de su uniforme también hay mujeres y hombres aguerridos con vocación de servicio a la Patria. Les aconsejo, pues, que no abriguen temor alguno en el momento en que tengan que defender la unidad y el honor propio y el de sus respectivas instituciones. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes que las sustentan es su deber ineludible.

Que no permitan bajo ninguna circunstancia que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional sigan siendo vapuleadas cada vez que un político asume la primera magistratura del Estado, como ha venido ocurriendo cada cuatro años y recuerden ¡soldados de la Patria! que real y efectivamente el poder está en las armas, tal como dijo en una ocasión memorable el valiente y glorioso general Pedro Santana.

Por último, es de justicia reconocer que el presidente Hipólito Mejía es quien más ha respetado la institucionalidad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional. El que más se ha preocupado para que los militares incluyendo los policías, activos y pensionados, tengan un sueldo adecuado que les permita solventar decorosamente sus necesidades y disfruten de amplia seguridad social; de academias y universidades para su superación profesional; de hospitales dotados de equipos modernos y médicos especialistas para la preservación de la salud propia y de sus familiares, pues es muy cierto que ningún otro presidente ha hecho más que por la estabilidad y el bienestar de sus soldados y sus familiares que el señor Hipólito Mejía. Más que una simple alabanza, es un deber reconocerlo, en honor a la verdad.

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