Falta un artículo por acordar para Ley Extinción Dominio

Falta un artículo por acordar para Ley Extinción Dominio

Plutarco Pérez

El artículo siete del proyecto, relativo a la retractividad de la ley, para que aplique para el pasado, es el tema pendiente de decidir

Un solo artículo falta por consensuar en el proyecto de Ley de Extinción de Dominio para el decomiso civil de bienes ilícitos, pero es el más polémico, por ser el que decidirá si el Ministerio Público podrá someter acusación por actos del pasado, en crímenes penales de enriquecimiento proveniente del narcotráfico, el lavado de activos, la corrupción y otras formas de amasar fortuna millonaria.

Se trata del artículo 7 del proyecto, sobre la “retroactividad”, que dispone que “la extinción del dominio puede pronunciarse con independencia de los presupuestos de su procedencia hayan ocurrido con anterioridad a la vigencia de esta ley”.

El diputado, miembro de la comisión bicameral que estudia este proyecto, Plutarco Pérez, declaró que el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se opone a la retrospectividad de la ley, por ser inconstitucional. “La ley no puede regir para el pasado, lo establece la Constitución del país. Si se empeñan en aplicar este artículo, corren el riesgo de que la ley se atasque en el Tribunal Constitucional, para que declare su inconstitucionalidad. Debemos darle al país una ley real”.

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