Fijarán fecha caso libertad Báez Figueroa

Fijarán fecha caso libertad Báez Figueroa

El juez del Séptimo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Eduardo Sánchez Ortiz, fijará la próxima semana la fecha para conocer en una vista pública la solicitud de libertad provisional bajo fianza interpuesta por los dos principales ejecutivos del Banco Intercontinental (BANINTER), implicados en un presunto fraude de más de 55 mil millones de pesos.

La solicitud de libertad provisional bajo fianza fue interpuesta en el tribunal por Ramón Báez Figueroa y Marcos Báez Cocco a través de sus abogados Marino Vinicio Castillo (Vincho), Vinicio Castillo Semán, Juárez Castillo y Juan Antonio Delgado.

En la instancia depositada en el tribunal a las 2:50 de la tarde, los abogados piden al magistrado Sánchez Ortiz fijar, dentro del plazo más breve posible, el lugar, la fecha y la hora, para celebrar una vista pública, a fin de que los exponentes, el Ministerio Público y la parte civil constituida tengan la oportunidad de presentar sus alegatos sobre la presente solicitud, de conformidad con la resolución 1920-03, dictada por la Suprema Corte de Justicia, el pasado 13 de noviembre.

Asimismo, los abogados solicitaron que, una vez celebrada la vista, se fije la cantidad o monto de la fianza, en forma de garantía otorgada por una compañía de seguros que esté válidamente autorizada para ejercer sus negocios en el territorio dominicano, que deberán prestar Báez Figueroa y Baéz Cocco para obtener su libertad provisional, a fin de garantizar su obligación de presentarse a todos los actos del proceso criminal.

De igual manera, los abogados señalan que una vez cumplidas las formalidades exigidas por ley, y prestada la fianza fijada por el juzgado de instrucción, se ordene que los procesados sean puestos de inmediato en libertad, no obstante cualquier recurso que se interponga contra la ordenanza, auto o decisión a intervenir.

En la instancia, los banqueros hacen constar sus respectivas direcciones o domicilios donde podrán ser notificados de todos los actos propios del procedimiento criminal.

Delgado, al hablar en representación de sus colegas, dijo que con la puesta en vigencia de la resolución se podrá discutir de manera oral y contradictoria la falta de indicios en torno a la acusación que se hace contra los banqueros en lo relativo a la violación a la ley 72-01 sobre Lavado de Activos «y demostrarse que eso no es más que una artimaña judicial».

Sostuvo que la fianza únicamente puede ser denegada en caso de que exista el peligro de fuga de los inculpados, y que su libertad pueda comportar un riesgo para la sociedad, por lo que ninguna de esas condiciones se dan con Báez Figueroa y Báez Cocco.

Indicó que en el sometimiento formulado por los abogados del Banco Central contra los empresarios Manuel Arturo Pellerano Peña y Felipe Mendoza, figuran las mismas infracciones formuladas a los ejecutivos de BANINTER, a excepción de la ley de Lavado de Activos, «por lo cual queda claro que en el caso BANINTER se incluyó esa infracción con la finalidad de tratar de evitar que sus defendidos logren su libertad provisional bajo fianza».

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