Finjus advierte nombramientos violan Constitución

Finjus advierte nombramientos violan Constitución

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advirtió que el Poder Ejecutivo viola  la Constitución al designar “ministros sin carteras” y otorgar el rango de ministros a funcionarios que dirijan dependencias  que no sean ministerios.

También recordó que la Constitución limita el cargo de los viceministros conforme el principio de la “necesidad institucional” y, por tanto, no pueden atribuirse a personas que desempeñarán funciones sin estar establecidas por ley.

Servio Tulio Castaños Guzmán, vicepresidente ejecutivo, destacó la preocupación de amplios sectores  sobre la cantidad exagerada de nombramiento de viceministros, secretarios de estado, asesores y asistentes del Poder Ejecutivo en diferentes áreas pública en clara violación a la  Constitución y en choque con los principios éticos que deben predominar.

Recordó que uno de los avances más importantes  en la nueva Constitución  es la racionalización de la administración pública,  bajo  principios fundamentales, como  la eficacia, la economía, la necesidad o la coordinación que deberá servir de parámetros para la reorganización de la administración estatal  y la  disminución de altos puestos  carentes de funciones.

“La Constitución es tajante al reafirmar el principio de legalidad como base de la estructuración de los altos cargos de la administración pública. Dispone que sólo pueden ostentar la categoría de ministros aquellos altos funcionarios que dirijan los ministerios creados por ley”, expresó Castaños Guzmán.

Afirma que los nombramientos de esos funcionarios  reflejan una contradicción con la necesidad  de transparencia y austeridad en el manejo del Estado, ya que se percibe que las  designaciones responden al clientelismo político que éticamente es indeseable y merece la repulsa colectiva. 

Finjus reconoce que el presidente de la República pudiera requerir el apoyo de funcionarios de confianza, de menor jerarquía que los ministros, para  realizar tareas de gobierno que no colindan con las funciones de  los ministerios para lo cual  podría  contar con un mínimo de “secretarios de Estado sin cartera”, siempre y cuando realicen funciones necesarias, concretas  que coadyuven a la buena gestión pública.

Finjus advierte que debe adoptarse de forma prioritaria una ley orgánica de  administración pública.

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