Finjus advierte “populismo punitivo” en proyecto código

Finjus advierte  “populismo punitivo” en proyecto código

Finjus señala que algunas penas son excesivas.

Código Penal. Aumento de pena vulnera sus propios postulados


La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advirtió ayer que el considerable aumento de la pena de reclusión que trae consigo el proyecto de nuevo Código Penal Dominicano vulnera sus propios postulados, porque impediría el ejercicio “resocializador” que lo fundamenta en sus principios generales.


Consideró que la pena de 60 años de prisión que sería impuesta cuando se esté en presencia del concurso de infracciones no deja de ser “excesiva”.


Señaló que también los postulados para la imposición de 40 años de prisión como pena máxima, y de 15 días como mínima, sostienen una finalidad punitiva “meramente retributiva” sustentada en el merecimiento de pena, y no en la necesidad de la misma.


La entidad de la sociedad civil además indicó que el incremento desconsiderado de la carga punitiva conlleva un coste económico para el Estado que pudiera resultar contraproducente en su aplicación resocializadora y reeducadora.


“La criminología y las modernas corrientes de política criminal, así como la misma ciencia del derecho penal, han demostrado fehacientemente que el incremento de las penas no previene la infracción. Por lo tanto, para la Finjus resulta evidente la influencia que ha tenido en nuestro país y, sobre todo en nuestros legisladores, el denominado populismo punitivo”, dice la entidad de la sociedad civil en el informe final de su análisis y sugerencias para el esclarecimiento del texto del proyecto que cursa en el Senado.


LAS MULTAS
Señala que para algunos delitos contemplados en el Libro IV el proyecto establece multas diferentes a las que se plantean o proponen en la parte general. También que en la escala de retribuciones pecuniarias se verifican multas mayores por infracciones leves que por infracciones graves.


Respecto del modo de la personalización de la pena y la inclusión del régimen de semilibertad incluidos en el código, la Finjus opina que la semilibertad es una herramienta propia de la resocialización y pudo establecerse para todos los delitos con mínimas excepciones.

“La única forma de poder realizar una resocialización efectiva es dando la oportunidad al condenado de irse integrando paulatinamente a la sociedad”, puntualizó.

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