Finjus cita puntos imprescindibles en Ley Partidos Políticos

Finjus cita puntos imprescindibles en Ley Partidos Políticos

La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) reiteró ayer su llamado a la sociedad dominicana para que se mantenga vigilante ante las próximas propuestas de Ley de Partidos Políticos que se presenten al Congreso Nacional, advirtiendo que de esa legislación dependen el fortalecimiento del Estado de derecho, la seguridad jurídica y la gobernabilidad democrática del país.
El vicepresidente ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños Guzmán, insistió en que si se quiere “enderezar” de una vez y por todas el sistema de partidos y reforzar la democracia, hay puntos indispensables que no pueden quedar fuera de esa ley.
Sobre los candidatos. Citó entre las condiciones mínimas que debe establecer la Ley de Partidos para los aspirantes a cargos electivos, además de las establecidas en la Constitución y las leyes, tener un tiempo de militancia o permanencia mínimo en el partido o agrupación política, y presentar una certificación de la DGII del pago de sus impuestos durante los últimos cinco (5) años.
Del financiamiento. Dijo que la ley debe definir claramente cómo deben ser administrados los fondos públicos que reciben los partidos, y obligarlos a justificar sus ingresos y gastos de los recursos privados, identificando las fuentes y/o los contribuyentes así como el monto aportado.
Prohibiciones. Agregó que la Ley de Partidos debe prohibir expresamente que se aproveche la inauguración de obras del Estado para fines de campaña electoral, o que se impongan deducciones salariales a los empleados públicos a modo de cuotas,
“La ley deberá establecer cuantas prohibiciones y mecanismos sean necesarios para evitar que se utilicen recursos públicos para el financiamiento de los partidos y sus campañas electorales, fuera de los que contempla la ley”, subrayó.
Sobre la militancia. Dijo que debe prohibirse expresamente el acceso a la militancia de los partidos de personas que ocupen posiciones o cargos públicos incompatibles con esta, particularmente miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, jueces, funcionarios del Ministerio Público, los miembros y funcionarios de la Junta Central Electoral, del Tribunal Superior Electoral y las Juntas Electorales.
Equidad. Castaños Guzmán agregó que la ley debe consagrar el derecho de los afiliados o militantes de los partidos a involucrarse activamente en los procesos de decisión interna sobre cuestiones técnicas, programas, candidatos y dirigentes.
También obliga a las organizaciones a tomar las medidas necesarias para que la igualdad y equidad de géneros sean reales, debiendo alcanzar resultados visibles y concretos.

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