Finjus dice arbitrios son inconstitucionales

Finjus dice arbitrios son inconstitucionales

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) consideró ayer como “improcedente” e “inconstitucional” la disposición del Cabildo del Distrito Nacional  de establecer arbitrios paralelos a los impuestos establecidos por la Ley 18-88.

El vicepresidente ejecutivo de la entidad, doctor Servio Tulio Castaños Guzmán, recordó que la Ley sobre Viviendas Suntuarias de 1988 y modificada por la  288-04 del 2004, establece un impuesto anual sobre la Propiedad Inmobiliaria, Vivienda Suntuaria y Solares Urbanos no Edificados (IVSS), que se determina sobre el valor que establezca la Dirección General de Catastro Nacional, y que incluso, de esas recaudaciones un 20% debe ser entregado al cabildo local.

Castaños agregó que en su artículo 200 la Constitución establece   claramente que los ayuntamientos podrán establecer arbitrios en sus demarcaciones, “siempre que los mismos no colinden con los impuestos nacionales, el comercio intermunicipal o de exportación, ni con la constitución ni las leyes”.

Publicaciones Relacionadas

Más leídas